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Luz verde al anteproyecto de la Ley Foral de Turismo con nuevas sanciones administrativas

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El Gobierno de Navarra ha dado luz  verde en su sesión de hoy  al anteproyecto de la nueva Ley Foral de Turismo de Navarra, documento que ahora remitirá al Consejo de Navarra

La nueva norma adaptará la legislación vigente desde 2003 a la nueva realidad del sector, incorporando nuevas figuras como los alojamientos singulares y las actividades y establecimientos de interés turístico e introduciendo una nueva regulación sobre el Registro de Turismo y la actividad de mediación turística, así como las nuevas garantías para la organización y comercialización de viajes combinados y servicios de viajes vinculados.

La reforma de la Ley Foral del Turismo de 2003 forma parte del acuerdo programático del Gobierno, si bien ya habían comenzado a darse los primeros pasos para su modificación. El anteproyecto ha superado dos procesos de participación. Entre el 29 de diciembre de 2017 y el 14 de febrero de 2019 tuvo lugar el primero. Tras la incorporación de varias aportaciones recibidas y la necesidad de adaptar el documento a la Directiva europea sobre sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados, a finales de 2019 se abrió un segundo periodo de participación, que finalizó el pasado 20 de enero.

En esta segunda fase de participación pública, se recibieron un total de cinco aportaciones de la Asociación de la Hostelería y Turismo de Navarra. Se estimaron tres de ellas, destacándose el incremento de las sanciones por las actividades clandestinas. Se elevan, respectivamente, a 9.000 € y a 75.000€ el importe máximo de las sanciones graves y muy graves.

El anteproyecto incluye diversas novedades con respecto a la ley de 2003. Entre otras medidas, se modifica el concepto de empresas de mediación turística, en cumplimiento de la Directiva europea 2015/2302/CEE, al tiempo que se añaden nuevas regulaciones de las garantías para viajes combinados y vinculados, se contempla la obligación de que las personas físicas y jurídicas que organicen o comercialicen viajes combinados cuenten con una cuantía a modo de garantía, exigiendo que esa cuantía cubran situaciones de insolvencia de las entidades organizadoras o comercializadoras.

En este interés por proteger al consumidor de actividades turísticas, la nueva norma regula nuevas figuras de prestadores de servicios. Por ejemplo, se contempla a aquellos establecimientos o actividades que, no teniendo carácter específicamente turístico, contribuyen a mejorar la experiencia de viaje. Se trata de empresas “de interés turístico”, que contarán con una regulación propia dentro de la ley.

También se modifica el concepto de alojamiento turístico, con el objetivo de adaptarlo a la nueva realidad. Se sustituye lo que anteriormente se denominaba apartamentos turísticos por apartamentos turísticos y viviendas turísticas, y se crea una figura nueva: los alojamientos singulares, terminología que engloba a aquellos establecimientos que, por sus características o excepcionalidad, no tienen encaje en el resto de modalidades expresamente definidas en la ley. Igualmente, se define también el concepto de plataforma turística, y se recogen sus obligaciones y responsabilidades.

Competencia desleal

El anteproyecto hace especial hincapié en la lucha contra la competencia desleal. Una de las medidas para evitarla pasa, precisamente, por la obligación de que los establecimientos y actividades turísticas publiciten su código de inscripción en el Registro de Turismo de Navarra en todo tipo de documento o anuncio que realicen, y el derecho de las personas usuarias a conocerlo. Asimismo, las plataformas de oferta turística tendrán la obligación de poner en conocimiento de la Administración los datos relativos a la titularidad y domicilio de las empresas que se comercialicen en ellas.

Además, la norma prevé nuevas sanciones administrativas si se incumplen las obligaciones marcadas.

El Consejo de Navarra, como órgano consultivo superior, dispondrá de 45 días hábiles para emitir el dictamen correspondiente, sobre si la nueva norma se ajusta al ordenamiento jurídico vigente. Sus valoraciones deberán ser analizadas de nuevo por el Ejecutivo foral. Y, una vez aprobado el proyecto de Ley, éste será derivado al Parlamento para su aprobación definitiva. El objetivo es que el documento pueda ser remitido a la Cámara en el último trimestre del año.

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