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EDITORIAL: Respeto al orden jurídico

El Tribunal Supremo establece que no pueden utilizarse banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos,  un hecho que enturbia la vida social de muchos españoles. Fija como doctrina “que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas”.

Todos los veranos, principalmente, algunos «malos» gobernantes, en actos oficiales utilizan o dejan exhibir  banderas de otras regiones de España (por ejemplo la «ikurriña», aquí en Navarra) y banderas no constitucionales (la estelada en Cataluña), amén de otros lugares y otras situaciones. Para «fastidiar», lisa y llanamente.

Incluso en muchas regiones de este país, precisamente, para solucionar estos hechos, se aprobó las llamadas Ley de Símbolo.

En la mayor parte de los casos sin aportar, ni solucionar nada, caso por ejemplo, de aquí, en Navarra.

Ahora ya, y tras dicha sentencia del Alto Tribunal amén de las sentencias de los tribunales navarros, las cosas deberían quedar claras. Aquí en Navarra, no se puede usar la «ikurriña» en ningún espacio publico oficial so pena de incurrir en ilegalidad.

Claridad meridiana.

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