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El BOE publica las medidas de Sanidad para la fase 1 de «desescalada»

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica las medidas del Ministerio de Sanidad con los detalles para la fase 1 de la «desescalada» y cómo pueden abrir comercios, bares, gimnasios e iglesias

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado la orden del Ministerio de Sanidad con todos los detalles sobre la fase 1 de la desescalada del confinamiento por el coronavirus.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado esta viernes las medidas relativas a la aplicación de la fase 1 del Plan para la «transición hacia una nueva normalidad», así como los territorios en los que se aplicarán.

En los últimos días, Salvador Illa ha mantenido reuniones bilaterales con los consejeros de cada comunidad autónoma. En ellas, han discutido la situación de cada una de las propuestas de progreso a Fase 1 elaboradas por cada territorio en base a los criterios de valoración de la capacidad estratégica para el proceso de transición (se adjunta anexo).

Fruto del análisis técnico de la documentación, un 51% de los ciudadanos españoles estará a partir del lunes en condiciones de flexibilizar las medidas de distanciamiento social al pasar sus territorios de residencia a la Fase I del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad (se adjunta anexo con el listado).

En estos territorios, estará permitido el contacto social de hasta un máximo de 10 personas, sin contar a los convivientes. Deberán, en todo caso, mantener una distancia mínima de seguridad de dos metros o establecer medidas de protección física y de higiene de manos.

Las personas con síntomas de COVID-19, aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad o las que hayan estado en contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada, deberán continuar aisladas.

Higiene laboral

En materia de higiene y prevención en el entorno laboral, la orden establece, entre otras medidas, que los turnos y puestos se modifiquen de forma que se asegure la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores. También se aplicarán estas medidas de distancia en los vestuarios, taquillas y aseos, así como en cualquier otra zona común. También se deberá de proveer a los trabajadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes autorizados en el lugar de trabajo.

Apertura de terrazas

La orden que regula la Fase 1 permitirá, entre otros, la reapertura de las terrazas de hostelería y restauración al aire libre, hasta un número de mesas inferior al 50% de las autorizadas. En cada mesa o agrupación de mesas podrá haber como máximo 10 personas, que, además, deberán respetar la distancia interpersonal. Además, habrá que desinfectar las mesas entre un cliente y otro, y no se podrán utilizar cartas de uso común ni servilleteros.

Cambios en las tiendas y comercios

Tan sólo podrán abrir los comercios de menos de 400 metros cuadrados, igual que en la fase 0, pero ya no será necesaria la cita previa ni la atención individual. Las tiendas permitirán la entrada de clientes hasta un máximo del 30% de su aforo, será necesario mantener una distancia de seguridad mínima de dos metros y se deberá establecer un horario de atención preferente a mayores de 65 años que coincida con su franja horaria. Además, los comerciantes tendrán que desinfectar dos veces al día el local.

No se permite la apertura en la fase 1 de los centros comerciales o las tiendas de más de 400 metros cuadrados

Hoteles y alojamientos

Abren los hoteles sin límite de habitaciones, es decir, pueden abrirse todas. Sí se podrá establecer restauración o servicio de comida para las personas alojadas para uso exclusivo de sus clientes. Se prohíbe el uso de spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos etc. Para estos establecimientos, la orden también establece medidas de higiene específicas.

Visitas a seres queridos

Se podrá visitar a los seres queridos, salvo que sea positivo por coronavirus o esté en aislamiento. No podrá visitar a personas ancianas o que pertenezcan a un grupo de riesgo, por ser más vulnerables a la COVID-19.

Reuniones de hasta 10 personas

Se permiten reuniones de hasta 10 personas tanto en casa como en la calle. Tendrán que mantener la distancia de seguridad de dos metros y respetar las normas de higiene relativa a lavado de manos y «etiqueta respiratoria».

Franjas horarias para paseos y deporte

Se mantienen las franjas horarias para paseos y deporte. Además se habilita a las Comunidaes Autónomas para que puedan modificar estas franjas con un margen de dos horas con el fin de adaptarlas a cada territorio.

¿Se podrá salir de la provincia?

No. Sólo está permitida la movilidad interprovincias por motivos sanitarios, laborales, profesionales, empresariales o para el cuidado de mayores.

¿Se puede acudir a segundas residencias?

No, no está permitido en la fase 1. Tampoco está permitido en el caso de que la segunda residencia esté en la misma provincia.

¿Cuántas personas pueden desplazarse en un mismo coche a la vez?

Los habitantes de un mismo domicilio pueden compartir un coche de hasta nueve plazas.

Se reactivarán los mercadillos

Volverá la actividad de los mercados al aire libre en la vía pública, aunque con restricciones relativas al distanciamiento entre puestos y la delimitación del mercado ambulante para un correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Se limita al 25% el número de puestos habituales y la afluencia máxima permitida será de la tercera parte del aforo.

Velatorios

Estarán permitidos los velatorios, pero se limita el número de familiares que pueden hacerlo, que es de 15 personas si tiene lugar al aire libre y de diez en espacios cerrados.

Entierros

Se podrá acudir a entierros pero también se fija un límite: la comitiva para el enterramiento o la despedida para la cremación del fallecido se restringe a un máximo de quince personas y, en su caso, se podrá sumar el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

Iglesias y lugares de culto

Los lugares de culto abrirán en la fase 1, pero la afluencia de fieles se reducirá a un tercio. Se celebrarán eucaristías diarias y dominicales y se dará preferencia al acompañamiento de familias que hayan perdido a un ser querido.

¿Estará permitido el baño en piscinas?

No. Cualquier ciudadano podrá acceder a las instalaciones deportivas al aire libre, excepto a las piscinas y las zonas de agua

Práctica deportiva

La orden también recoge la actividad deportiva profesional y federada, autorizando el acceso a los Centros de Alto Rendimiento. Los entrenamientos se realizarán preferentemente de forma individual, estableciendo turnos y horarios de acceso, y las tareas a desarrollar siempre se harán sin contacto físico y respetando la distancia de seguridad.

Respecto a las Ligas Profesionales, los clubes podrán desarrollar ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como entrenamientos tácticos no exhaustivos, en grupos de un máximo de 10 deportistas, manteniendo la distancia interpersonal de dos metros.

Las tareas de entrenamiento se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 30% de la capacidad de la instalación, con el objetivo de mantener las distancias mínimas necesarias. A las sesiones de entrenamiento no podrán asistir medios de comunicación.

Por otra parte, cualquier ciudadano podrá acceder a las instalaciones deportivas al aire libre, excepto a las piscinas y las zonas de agua. Se permitirá la práctica deportiva individual o aquellas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas, siempre que no mantengan contacto físico y cumplan la distancia interpersonal de dos metros.

En los centros deportivos cerrados, la práctica deberá ser individual y con cita previa. Solo podrá haber una persona por entrenador y turno. No se reabrirán los vestuarios ni las zonas comunes.

La orden establece que estas medidas establecidas para el desarrollo de la actividad deportiva profesional y federada no se aplicarán a la caza y pesca deportiva.

Apertura de gimnasios e instalaciones deportivas

Si las instalaciones deportivas son al aire libre y las actividades no implican contacto físico (como el tenis o el atletismo), se podrá acudir en la fase 1. También en ese momento se podrán realizar actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios. No se habilita apertura duchas y vestuarios. Y la caza y pesca deportiva continúan suspendidas.

El uso de instalaciones cuyo espacio sea cerrado se tendrá que posponer a la fase 2 y sólo cuando el deporte se haga sin público y no requiera contacto físico.

Apertura de centros educativos

Respecto a los centros educativos y los centros universitarios, se abrirán para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas, en las que se deberá garantizar una distancia interpersonal de dos metros. Los directores de los centros educativos determinarán el personal docente y auxiliar necesario. Asimismo, los laboratorios universitarios que hubiesen paralizado su actividad podrán reactivarla. En todos los casos, se dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección cuyos detalles se recogen en la orden.

Congresos científicos

Se permitirá la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, que nunca podrán superar la asistencia de 30 personas. Para ello, se fomentará la participación a distancia. Los asistentes deberán garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros y, para cuando no sea posible, se asegurará que dispongan de los medios de protección necesarios.

Museos y espectáculos

En los espacios cerrados donde se desarrollen los actos y espectáculos culturales, podrán acceder un máximo de 30 personas. Los museos reabren exposiciones y colecciones temporales con 1/3 del aforo.

Si son al aire libre, el aforo será de un máximo de 200 personas. En todo caso, se deberá respetar la distancia interpersonal. Para ello, además de reducir el número de butacas y evitar el paso de personas entre filas, se facilitará el acceso y la salida escalonadas y no se prestarán servicios complementarios como el de cafeteríao tiendas.

Para ello, además de reducir el número de butacas y evitar el paso de personas entre filas, se facilitará el acceso y la salida escalonadas y no se prestarán servicios complementarios como el de cafetería o tiendas, entre otras medidas que detalla la orden.

¿Qué otros establecimientos podrán reabrir?

También se reabren con cita previa los concesionarios de coches, y centros de ITV. También las tiendas de jardinería y viveros y las administraciones de lotería y ONCE.

Atención a las personas con discapacidad

Se abrirán los centros que prestan los servicios recogidos en el Catálogo de Referencia de Servicios Sociales. En aquellos casos en que resulte imprescindible, estos servicios y prestaciones atenderán de forma presencial a la ciudadanía.

Se recuperará la atención a las personas con discapacidad y las terapias de atención temprana, ocupacionales, de rehabilitación y psicosociales.

También se volverá a prestar atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores que no vivan en residencias.

Más información

Cuadro de criterios para el cambio de fase (PDF)

Territorios que pasan a la fase 1 (PDF)

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