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La CNMV prohíbe las ventas en corto de 69 empresas que se han desplomado en Bolsa por el coronavirus

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La decisión ha entrado en vigor con efectos inmediatos y se toma después de que el Ibex35 haya caído más de un 14%. Afecta a las cotizadas que han perdido más de un 10% este jueves o hayan sufrido un desplome superior al 20% por la pandemia de coronavirus

La CNMV ha acordado prohibir las ventas en corto durante la jornada de mañana viernes 13 de marzo sobre todas las acciones líquidas admitidas a negociación en las Bolsas de Valores Españolas cuyo precio ha caído en más de un 10% durante la sesión de hoy 12 de marzo de 2020 y sobre todas las acciones ilíquidas (en los términos del Reglamento Delegado (UE) 918/2012) cuya caída ha sido superior al 20%. Las 69 acciones afectadas se relacionan en el anexo de esta comunicación.

La decisión se ha tomado de conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, que faculta a las autoridades nacionales competentes para restringir temporalmente las ventas en corto en el caso de una caída significativa en su precio.

El acuerdo se ha tomado teniendo en cuenta la evolución de los mercados de valores en el contexto de la situación creada por el virus COVID-19, que han registrado caídas extraordinarias en los precios de las acciones europeas (-14,06% en el IBEX 35) con numerosos valores superando los porcentajes de variación que se recogen en el mencionado Reglamento (UE) 236/2012 y su normativa de desarrollo.

Igualmente se ha tenido en cuenta el riesgo de que en próximas jornadas puedan producirse movimientos de precio desordenados en el mercado bursátil europeo, incluyendo el español.

Por ventas en corto se entienden las definidas en el artículo 2.1.b del citado Reglamento (UE) 236/2012.

Quedan exentas de la prohibición las actividades de creación de mercado, tal y como se definen en el artículo 2.1.k del mismo Reglamento.

Se ha dado traslado de este acuerdo a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), de acuerdo con el artículo 23 antes citado.

El acuerdo adoptado ha entrado en vigor con efectos inmediatos desde su publicación en la página web de la CNMV.

 

 

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