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Condenado a dos años de prisión por mantener relaciones sexuales con una menor de 15 años en Pamplona

Condenado a dos años de prisión por mantener relaciones sexuales con una menor de 15 años en Pamplona

NAVARRAINFORMACION.ES

El procesado no entrará en la cárcel a condición de que no delinca durante el tiempo de la pena y no podrá acercarse ni comunicarse con la joven por un plazo de 3 años

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 2 años de prisión a un acusado de 26 años que mantuvo relaciones sexuales completas consentidas con una joven de 15 años.

En la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre el fiscal, la acusación particular y la defensa, se califican los hechos como constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales a menor de 16 años con la concurrencia de la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas.

El tribunal ha concedido al procesado la suspensión de la ejecución de la pena durante dos años a condición de que no vuelva a delinquir, y le ha impuesto una prohibición de comunicación y una medida de alejamiento de 300 metros respecto de la víctima por el plazo de tres años.

El acusado convivió con su cuñada y la hija de esta durante los años 2011 y 2013, una situación que cesó cuando la madre interpuso el 26 de diciembre de 2013 una denuncia contra él por supuestos abusos sexuales a la niña, nacida en el año 2000.

Tras el cese de la convivencia, la relación entre el encausado y la menor, que se había interrumpido, se reanudó en los Sanfermines de 2015, manteniéndola oculta debido a la oposición de la madre de la joven.

A lo largo del mes de diciembre de 2015, según se considera probado en la sentencia, el inculpado y la menor mantuvieron “relaciones sexuales completas consentidas en cuatro ocasiones”.

Estas relaciones se llevaron a cabo en un trastero que una tía del encausado tenía en la capital navarra. Como consecuencia de estas relaciones sexuales, la menor se quedó embarazada y, posteriormente, se le practicó un aborto.

Según la sentencia, “el hecho de que las relaciones fueran consentidas generó una duda en el acusado acerca de la ilicitud del hecho, si bien no hizo nada para salir del error”.

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