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Irache: Bancos deben proporcionar liquidación de devolución cláusulas suelo

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha advertido de que los bancos deben proporcionar el cuadro de liquidación de lo devuelto por las cláusula suelo, tras constatar que algunos afectados tienen problemas para obtener el documento a la hora de presentarlo en la declaración de la renta

En una nota, Irache revela que, según estos afectados, algunos bancos les dicen que ya les dieron el documento en el proceso de reclamación, aunque no siempre es así, y que no les pueden facilitar una copia por la carga de trabajo que tienen.

«Otras entidades se lavan las manos y remiten directamente al bufete de abogados que defendió al cliente», indica Irache.

Subraya que en principio, la entidad ha debido facilitar un cuadro de liquidación al cliente en el que debe constar el importe de la devolución por la anulación de la cláusula suelo con los intereses, desglosado por anualidades, y si éste se va a devolver mediante un ingreso o aplicándolo en la amortización de la hipoteca.

Si se da la opción primera, aceptada por el cliente, no hay ninguna consecuencia fiscal. Si se produce la devolución mediante ingreso, por el contrario, puede tener efectos en la declaración de la renta, en cuanto a deducciones aplicadas que se tendrán que corregir.

Señala Irache que la Ley obliga a las entidades a remitir a la Hacienda Foral el certificado que recoja las cantidades devueltas, su forma de devolución y la identidad del contribuyente beneficiado.

Por ello, más allá de obtener el cuadro de liquidación del suelo, conviene que el cliente se asegure de que, efectivamente, la entidad ha informado a Hacienda de estas devoluciones y de que la situación fiscal está regularizada.

Además de las dificultades para obtener el cuadro de liquidación, algunos asociados también se están quejando porque el banco les ha comenzado a aplicar nuevas comisiones tras anularle la cláusula suelo y devolverle lo cobrado de más.

En algunos casos, estos cargos pueden suponer un importe de más de trescientos euros al año. Entre otras, están las comisiones por mantenimiento de una cuenta, por administración, por realizar transferencias o por el ingreso de cheques, por ejemplo.

Algunas promociones bancarias ofrecen programas que eximen al consumidor de pagar un buen número de comisiones. Para ello, el cliente debe cumplir una serie de requisitos. Pero aunque los cumpla, la entidad se reserva la posibilidad de modificar o cancelar estas “bonificaciones” previa notificación al cliente con un mes de antelación.

Parece ser que, al poco tiempo de los clientes hayan conseguido que les devuelvan el dinero del suelo hipotecario, el banco ha dejado de aplicarle los beneficios de estos programas.

Tras protestar en su sucursal o efectuar una reclamación a través de Irache, algunos afectados han conseguido que la entidad deje de aplicar estas nuevas comisiones. Sin embargo, otras personas han preferido no reclamar estos nuevos cargos y muy probablemente otras muchas no han reparado en ellos.

En cualquier caso, Irache subraya que si a un consumidor le han comenzado a aplicar comisiones que antes no pagaba, conviene asesorarse y ver en qué condiciones se ha producido esta aplicación. Si efectivamente es conforme a la normativa, el cliente siempre puede comparar las condiciones y comisiones de otras entidades y valorar el cambio de banco. EFE

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