Últimas noticias

Llarena estudia llevar a Tribunal de la UE entrega de Puigdemont por rebelión

El juez del caso del Tribunal Supremo Pablo Llarena estudia presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de Luxemburgo sobre la negativa de los jueces alemanes de entregar al expresidente catalán Carles Puigemont por el delito de rebelión.

En último término, lo que el juez español plantearía es cómo deben interpretarse las normas que regulan las órdenes internacionales de detención en la UE, lo que, indirectamente, podría suponer cuestionar si han sido correctamente aplicadas esas normas por los jueces alemanes, o bien preguntar cuáles son las acciones que él puede tomar tras la decisión alemana.

La presentación de una cuestión prejudicial podría dejar a Puigdemont en la situación en la que estaba antes de su procesamiento e inmediata petición de entrega, porque la orden podría quedar en suspenso provisional, según fuentes del Supremo.

Es decir, cabe la posibilidad de que esta iniciativa deje aparcada temporalmente la acción penal contra Puigdemont mientras el resto del proceso continúa.

El magistrado del alto tribunal, que emitió una orden internacional de detención contra Puigdemont en la que solicitaba su entrega a España por el delito de rebelión, reaccionaría así a la negativa de un tribunal alemán de extraditar a España al reo por ese delito.

En todo caso, esa negativa no ha sido notificada al Tribunal Supremo, por lo que la eventual decisión del juez se hará esperar, al menos, hasta que se haya cumplido dicho trámite.

Según fuentes del Supremo, lo que Llarena estudia hacer es preguntar al máximo organismo judicial de la Unión Europea, el TJUE, cómo interpretar la legislación marco relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre estados miembros.

Las mismas fuentes no han concretado cuáles serán exactamente las dudas que planteará el juez.

La cuestión prejudicial consiste en una consulta formal de un juez de cualquier país miembro de la UE al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuando tiene dudas sobre cómo debe aplicarse una norma comunitaria.

La Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (norte de Alemania) descartó ayer el delito de rebelión en el proceso de extradición a España del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, mientras estudia la entrega por malversación de fondos públicos.

El expresidente catalán ha salido en libertad bajo fianza este viernes desde la prisión de Neumünster, en el norte de Alemania, donde ingresó el pasado 25 de marzo tras ser detenido en aplicación de la euroorden dictada por España.

También la Fiscalía General ha informado de que «estudiará la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la OEDE ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea». NAVARRA INFORMACIÓN/EFE

Noticias relacionadas

Gobierno: Alemania considera a Puigdemont prófugo y no perseguido político

La Fiscalía alemana no ve margen para recurrir la decisión del tribunal sobre Puigdemont

El Gobierno respeta la decisión de la Justicia alemana sobre Puigdemont

About The Author

Otras noticias publicadas

2 Comentarios

  1. Luz básica

    El juez alemán se ha anticipado a la fase del juicio y ha apreciado que no hay violencia, como si de una declaración en sentencia se tratase. Pero es que en todos los ordenamientos europeos hay diversos niveles de contundencia para apreciar si se dan o no las circunstancias del delito. Para condenar hacen falta pruebas contundentes (más allá de la duda racional). Pero para enjuiciar, procesar, imputar, acusar (según los distintos tipos de proceso y los países) basta por lo general con indicios racionales, probabilidad, incluso posibilidad verosímil. Creo que eso se produce en este caso: hay indicios de violencia para procesar. Igual para condenar no, pero el juez alemán se ha adelantado y en esta fase meramente indiciaria ha hecho una valoración y una afirmación propia del juicio, que va más allá de la Euroorden, que está pensada sólo para posibilitar el enjuiciamiento.

    Responder
  2. Soflama

    Habla el juez alemán de que no se ha podido doblegar al estado, pero esto me parece discutible. Una turba de ciudadanos «pacíficos» que impiden la entrada a colegios electorales, otra turba que impiden salir a policías y jueces de una Consejería y destrozan varios vehículos policiales, un govern que utiliza de forma política a la policía autonómica, un parlament que se salta todo tipo de leyes y aprueba otras adhoc negándole legitimidad a las primeras, un president que declara la independencia de un territorio español… Pues si esto no es doblegarlo, en fin… Claro que, lo han podido hacer porque el gobierno español no ha utilizado al ejército y no ha aplicado el 155 desde el principio de todo esto, que tal vez es lo que debería haber hecho. Pero la cuestión es que sí hicieron lo que les dio la gana, para mi la rebelión es clarísima

    Responder

Responder

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies