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Declaran improcedentes once despidos en las cocinas del CHN

El Juzgado de lo Social 1 de Pamplona ha declarado improcedentes once despidos de personal de Mediterránea de Cátering que trabajaba en las cocinas hospitalarias y no fueron subrogados por el Servicio navarro de Salud cuando el Gobierno cuanto decidió internalizar este servicio.

El juzgado, según ha informado hoy el sindicato UGT, considera improcedentes once despidos efectuados en mayo y condena a la parte demandada a elegir entre su readmisión con las condiciones que regían con anterioridad o el abono de una indemnización de 33 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades.

La sentencia recuerda que las cocinas fueron adjudicadas a Mediterránea de Cátering en julio de 2012 hasta septiembre de 2016, aunque la mercantil, a petición del SNS, continuó prestando servicio hasta el 29 de mayo de 2017.

En los fundamentos de derecho, la sentencia analiza si la reversión del servicio de restauración del CHN constituye un supuesto de sucesión de empresa y concluye que así ha sido, «por lo que el SNS-O debió hacerse cargo de los trabajadores adscritos» al mismo.

Argumenta al respecto que la asunción por parte del SNS-O del servicio de elaboración y distribución de la comida a los pacientes ingresados, que prestaba Mediterránea de Catering, se realiza sin que «en ningún momento se haya producido una interrupción del mismo».

Añade además que «la entidad económica mantiene su identidad como conjunto organizado de medios destinados a realizar una actividad económica» y que «no se ha acreditado que el SNS-O haya introducido cambios importantes, ni que el servicio pueda considerarse otro distinto».

En la misma línea el fallo sostiene que la actividad requiere de un equipamiento importante y «que ha existido transmisión de todos los elementos patrimoniales imprescindibles (local, instalaciones, equipamiento y menaje que utilizaba la anterior adjudicataria)», a lo que suma que «el SNS-O ha contratado a 23 de los trabajadores de Mediterránea de Catering, que siguen destinados al servicio de restauración».

Por todo ello, declara, «no cabe sino concluir que la reversión del servicio de restauración ha constituido un supuesto de sucesión de empresa, por lo que el SNS debió haberse hecho cargo de los trabajadores adscritos al mismo» y al no haberse producido la subrogación la decisión «constituye un despido que debe calificarse de improcedente».

Conocido la resolución judicial, UGT ha mostrado su satisfacción por una sentencia que «da amparo a los derechos laborales de la plantilla de Mediterránea de Catering, que el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea pretendía ignorar».

El sindicato añade además que las consecuencias de decisiones políticas, primero con la externalización de las cocinas por parte del Gobierno de UPN y después con la reversión por el cuatripartito, «no deben recaer sobre los trabajadores que prestan dichos servicios directamente o a través de contratas».

Y recuerda que, en este caso, 128 personas fueron despedidas cuando se privatizó el servicio y otras 126 cuando se devolvió a la gestión pública», por lo que UGT espera que a partir de ahora cualquier gobierno tenga en cuenta en la subcontratación de servicios que detrás de ellos «con cuya vida no se puede jugar alegremente para cuadrar las cuentas públicas». EFE

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