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Absuelto el acusado de la muerte de hombre tras caer al suelo por un puñetazo en Burlada

Absuelto el acusado de la muerte de hombre tras caer al suelo por un puñetazo en Burlada

La víctima se golpeó la cabeza tras recibir un golpe en la cabeza. La jueza considera que no hay pruebas suficientes para acreditar que el acusado fue autor de la agresión.

El acusado ha negado reiteradamente haber pegado puñetazo alguno dicho día y ha sostenido que ni siquiera había estado ni en la pelea ni en el lugar ese día.

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha absuelto a un acusado de la muerte en agosto de 2014 en Burlada de un hombre que, debido a un puñetazo recibido en la cara, se cayó al suelo y se golpeó la cabeza, lo que provocó su posterior fallecimiento.

En la sentencia, que puede ser recurrida, la jueza señala que «no existe prueba suficiente y eficaz que permita acreditar que el acusado fue autor de la agresión y por tanto tampoco del homicidio imprudente y por idéntica razón del delito de omisión de socorro que pretendía la acusación particular».

Por todo ello concluye que procede la absolución, ya que «no concurren pruebas de cargo válidas, suficientes y eficaces para con la certeza que exige el derecho penal quebrar la presunción de inocencia del acusado».

El fallo recoge que «no ha quedado acreditado» que el acusado iniciara el 16 de agosto la pelea con la víctima en la calle Mayor de Burlada, en el transcurso de la cual «le propinara un fuerte puñetazo haciéndole caer al suelo y golpearse fuertemente en la cabeza, ni que se aprovechara de que estaba influenciado negativamente por el alcohol para agredirle».

Considera probado que la víctima se introdujo en una pelea que se desarrollaba entre muchas personas, en el transcurso de la cual recibió un puñetazo en el ojo que le hizo caer y golpearse en la cabeza, a consecuencia de lo cual sufrió un traumatismo cráneo encefálico grave y posterior edema cerebral, falleciendo el 19 de agosto.

Asimismo indica que el fallecido arrojó en su ingreso hospitalario una tasa de alcohol en sangre de 1,56 gramos por litro, por lo que presentaba sus capacidades mermadas, no constando acreditado que esto fuera aprovechado para agredirle.

La sentencia alude a las «claras contradicciones» de las declaraciones que han mantenido en la causa los testigos, lo que no permite darles credibilidad.

Apunta además que las únicas pruebas de cargo parten del reconocimiento en rueda del acusado, que, según señala, no reúne requisitos que permitan darle credibilidad, a lo que añade que tampoco se puede concluir que se hubieran llevado a cabo con plenas garantías.

Mientras unos testigos sostuvieron que el agresor fue «una persona alta delgada vistiendo una sudadera roja o a rayas, posiblemente de un país del este de Europa», ninguno de los restantes señalaron al acusado como la persona que agredió al fallecido y lo que confirmaron varios de ellos fue que el fallecido ya tuvo una pelea previa en el bar y que estaba agresivo por lo que lo sacaron del bar..

Asimismo indica que el acusado ha negado reiteradamente haber pegado puñetazo alguno dicho día y ha sostenido que ni siquiera había estado ni en la pelea ni en el lugar ese día, sino que se encontraba en su domicilio con su mujer y su hija de meses y con unos amigos que fueron a cenar, lo que fue ratificado por estos. EFE

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