El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que declaraba nulo el despido colectivo de 26 trabajadores de la empresa Ibercake (antigua Garro)
El 13 de diciembre de 2013 el TSJN declaraba nulo el despido colectivo de 26 trabajadores de la empresa Ibercake (antigua pastas Garro) y reconocía el derecho de los afectados a la reincorporación a sus puestos de trabajo, condenando solidariamente a Ibercake, Horno de Tuesta, Horno de Almansa, y a otras empresas del grupo.
La empresa Ibercake recurrió dicha sentencia y el pasado 16 de julio de 2015 el TS ha ratificado dicha sentencia por lo que se ha declarado definitivamente la nulidad de dichos despidos.
Jesús Ceras, secretario general de la federación agroalimentaria de CCOO de Navarra, en declaraciones a este medio ha mostrado su «satisfacción» por las dos sentencias haciendo hincapié en la importancia que tiene el hecho de que el TS haya ratificado la sentencia del TSJN ya que «es la primera en el ámbito de Navarra que considera el grupo de empresas responsable del despido colectivo». «CCOO pudo demostrar que Ibercake forma parte del grupo y por tanto la responsabilidad es solidaria, que es lo que ha dictado la dos sentencias».
Ceras ha hecho referencia a otro dato reconocido y que confirma esa responsabilidad como es el hecho de que «incluso la actividad industrial de la propia empresa Ibercake la derivaron a otras empresas del grupo», nos ha indicado Ceras al determinar la «evidente responsabilidad empresarial».
Es por ello por lo que ahora hay que proceder a su «ejecución inmediata«, pues «los trabajadores llevan dos años con despido y sin indemnización». Así desde CCOO solicitarán la ejecución «lo antes posible». Dado que agosto es un mes de vacaciones «será a primeros de septiembre» para que «los trabajadores injustamente despedidos puedan cobrar las indemnizaciones correspondientes y los salarios de tramitación que les correspondan».
Desde CCOO recuerdan que la empresa Ibercake procedió al despido colectivo y por lo tanto al cierre de la actividad en Santacara con fecha 22 de julio de 2013. Después de haberse producido las negociaciones del ERE y no haberse llegado a un acuerdo, el sindicato interpuso la correspondiente demanda tratando de demostrar la nulidad.
Asimismo declaran desde el sindicato que «esta sentencia viene a demostrar que la reforma laboral de 2012 del Partido Popular carece de sentido y que hay que derogarla de forma urgente».