La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ordenado al Ayuntamiento de Alsasua que retire la ikurriña izada en un mástil instalado en la calle Zelai, en la intersección con la calle San Juan.
No cabe recurso contra esta sentencia, que reconoce que la bandera no se emplaza en un edificio oficial, sí lo está en un espacio de dominio público y es «competencia del Ayuntamiento (exclusiva o concurrente con la de otras administraciones) el mantenimiento y respeto de la legalidad».
Y esa legalidad, añade, es algo que en este caso «parece querer ignorarse mediante el sencillo expediente de deferir a un tercero ajeno a la administración la responsabilidad del hecho que aparentemente lo vulnera».
El fallo rechaza el argumento del Ayuntamiento de que la bandera «no ha sido colocada» por esa entidad ni está en un edificio oficial.
Al respecto señala que es «cierto» que la bandera no ha sido colocada por el Ayuntamiento demandado y que este, según parece, dio licencia a una sociedad,asociación o similar para la instalación de tres mástiles en la intersección de dos calles, pero supone que «no para el izado de la bandera en cuestión», por lo que la retirada de ésta en nada afecta a aquella licencia.