El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto Foral por el que regula quedarán reguladas las áreas de acogida y acampada de autocaravanas
Las autocaravanas, según el propio Gobierno, no podrán estar estacionadas más de 48 horas y se ubicarán cerca de cascos urbanos. Estas áreas, concebidas como un alojamiento complementario al camping, requerirán unas mínimas instalaciones y servicios por razones de seguridad, control de viajeros, movilidad, aspectos higiénico-sanitarios y medioambientales.
El gobierno justifica esta regulación «debido al importante crecimiento del autocaravanismo o turismo itinerante».
Hay que tener en cuenta que en la actualidad no existe ningún tipo de oferta de este tipo en Navarra ni ubicación alguna para este tipo de alojamiento. Por lo que tendrá que ser encargado a terceros.
Quedan excluidas de este ámbito la parada y estacionamiento de autocaravanas y vehículos similares en las áreas habilitadas para ello en carreteras, autopistas, vías urbanas y aparcamientos. Se considerará que no está acampada aquella autocaravana o vehículo similar parado o estacionado en zonas autorizadas de las vías públicas urbanas o interurbanas, que no supere o amplíe su perímetro mediante la transformación o despliegue de elementos de aquella, se sustente sobre sus propias ruedas sin usar calzos y no vierta sustancias ni residuos a la vía. Además, también quedan excluidas de esta normativa las acampadas de vehículos realizadas por feriantes o comerciantes con ocasión de festividades o eventos locales y que tengan relación directa con el ejercicio de su actividad.
Características de estas zonas
La superficie de las áreas estará dividida en parcelas de 28 metros cuadrados, identificadas numéricamente. El firme de las parcelas deberá estar aplanado y asfaltado o compactado con el correspondiente drenaje, y la parcela libre hasta una altura de 3,5 metros. El resto de la superficie estará dedicado a viales, con los espacios necesarios para ejecutar las maniobras de estacionamiento y salida.