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Entidades locales apoyan sistema de reparto del Fondo e Impuesto de Plusvalía

Las entidades locales han informado de forma favorable en la Comisión Foral de Régimen Local sendos anteproyectos de ley foral que regulan el reparto del Fondo de Transferencias Corrientes para los ejercicios 2018 y 2019 y la modificación de la normativa sobre el Impuesto de Plusvalías.

En relación con el Fondo, la FNMC había celebrado el pasado 28 de noviembre una sesión extraordinaria para concretar su propuesta sobre el sistema de actualización, después de que el pasado año acordara terminar con los aumentos lineales iguales para todas las entidades, sin aplicación de la fórmula de reparto anterior a 2014.

Esta situación, explica la FNMC en un comunicado, «perjudicaba en algunos casos seriamente a algunos municipios, especialmente si habían visto aumentada su población».

Entre las alternativas analizadas, la Comisión acordó proponer al Ejecutivo un sistema de reparto basado en la aplicación de la fórmula que venía utilizándose hasta 2014, actualizando el valor de las variables e incluyendo al municipio de Pamplona, y garantizando a todas las entidades un incremento mínimo del 2,1 % (IPC más un punto).

Este incremento mínimo se aplicará también a la carta de capitalidad de Pamplona y la aportación a la FNMC, con lo que el incremento del Fondo General quedaría en un 3,27 %.

La FNMC ha señalado que, si bien a todas las entidades se les garantiza el incremento del 2,1 %, la aplicación de la fórmula hará que algunas solo consigan ese aumento, mientras que otras sobrepasen incluso el aumento general del 3,1 %, ya que la fórmula contempla variables como la población o la superficie urbana, entre otras.

En la misma sesión de la Comisión, los representantes locales han dado el visto bueno a un anteproyecto de ley foral que modifica la Ley Foral de Haciendas Locales en lo que afecta al Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Impuesto de Plusvalías), después de que el Tribunal Constitucional lo declarara contrario a la Carta Magna.

El texto presentado por el Gobierno establece para la gestión del tributo una primera fase orientada a comprobar si en la transmisión se ha producido realmente un incremento real de patrimonio.

La referencia para ello son los valores que constan en las escrituras de adquisición y de transmisión del bien, sin perjuicio de una posterior comprobación por parte de la Administración.

La segunda parte modifica el sistema de gestión y liquidación del impuesto, y en primer lugar se establecen unos coeficientes máximos a aplicar directamente a la base y que varían en función de los años transcurridos entre la adquisición y la transmisión del bien, coeficientes que pueden ser menores si así lo establece el ayuntamiento.

De igual forma, cada ayuntamiento puede incrementar los tipos impositivos a aplicar al resultado hasta el 25 %.

Por otra parte, las liquidaciones que se practicaron con anterioridad al 15 de julio de 2017 (fecha de la sentencia del Tribunal Constitucional) y que sean firmes, no serán susceptibles de revisión y, por tanto, no darán lugar a devoluciones. Las que se realizaron entre el 15 de julio de 2017 y el 31 de diciembre, firmes o no, son susceptibles de revisión.

Aunque con informe favorable, los representantes de la FNMC expusieron su preocupación sobre las consecuencias prácticas que pueda tener la aplicación del nuevo sistema de cálculo, con los coeficientes y tipos establecidos por la ley, y pidieron que el Gobierno de Navarra arbitre un mecanismo para compensar a las entidades locales por la pérdida de recursos que pudiera derivarse del nuevo sistema. EFE

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