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El Constitucional de Conde Pumpido aprueba la Ley de Amnistía del Gobierno de Sánchez

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El Tribunal Constitucional de Conde Pumpido legaliza la ley de Amnistía del Gobierno de Pedro Sánchez destinada a borrar los delitos cometidos por los responsables del proceso separatista

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) que preside Conde Pumpido ha estimado parcialmente el recurso deinconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados y 50 senadores del Grupo Parlamentario Popular contra la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña (LOANCat)

El Constitucional ha avalado, con los seis votos a favor de la mayoría izquierdista, la Ley de Amnistía destinada a borrar los delitos cometidos por los responsables del proceso separatista que culminó con el referéndum ilegal de independencia del 1 de octubre de 2017, para permitir la investidura de Pedro Sánchez a pesar de no haber sido la fuerza más votada en las últimas elecciones generales.

La sentencia rechaza la tesis de que la Constitución prohíba la amnistía como institución jurídica por el solo de hecho de no contener una habilitación expresa. El silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición de tal institución. Todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador, sin que sea exigible una habilitación constitucional expresa a las Cortes Generales que, en virtud del principio democrático, ocupan una posición central en nuestro ordenamiento jurídico.

El Constitucional ha rechazado presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y tampoco esperar a que se pronunciase sobre la cuestión prejudicial ya presentada en la corte comunitaria sobre la Ley de Amnistía.

Los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa han formulado sendos votos particulares contra la sentencia del TC.

Denuncian el «constructivismo juridico» de la norma que «legitima la arbitrariedad bajo la apariencia de legalidad» y critican que el fallo no nace de una «deliberación colegiada genuina, sino de una resolución preconfigurada».

El magistrado César Tolosa discrepa con un extenso voto de 26 puntos que califica la ley como una «autoamnistía» que «debilita los pilares del orden constitucional».

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