Los grupos políticos del Parlamento de Navarra con la abstención de Bildu aprueban en Pleno la modificación de la ley del taxi de 2005
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, PSN, Geroa Bai, PPN, Contigo, Grupo Mixto y no adscrita y la abstención de Bildu, la Ley Foral de modificación de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del taxi. Con ello se pretende mejorar la prestación del servicio, entre otros introduciendo medidas de accesibilidad universal, flexibilizando la contratación de personas y ampliando de uno a dos años la antigüedad de los vehículos susceptibles de adscribirse a las licencias.
Impulsada por el Gobierno de Navarra, la Ley Foral tiene por objeto incrementar la oferta, incentivando el acceso de nuevos profesionales y facilitando la prestación a las personas con discapacidad, todo ello a partir de la introducción de las innovaciones tecnológicas precisas, también para reducir emisiones, optimizar el reciclaje y facilitar la reserva, el pago y la facturación.
En su afán de adecuar la Ley al actual contexto social y normativo, el proyecto propone flexibilizar la prestación del servicio de taxi con personas contratadas, suprimiendo las limitaciones actualmente existentes, de cara a incrementar la oferta del sector. Con este cambio, la persona contratada podrá trabajar en cualquier horario, siempre y cuando el titular de la licencia realice más del 50% del tiempo anual de prestación del servicio.
En el supuesto de que el titular de la licencia estuviera afectado por causas de incapacidad laboral transitoria, jubilación o demás situaciones sobrevenidas que, debidamente acreditadas, deriven en una interrupción de la prestación del servicio, la licencia podrá explotarse, hasta un máximo de dos años, mediante la contratación de una persona. Requerirá previa autorización del municipio o entidad local competente en el Área Territorial de Prestación Conjunta. Se entenderá concedida si, una vez cursada la solicitud, la entidad no dicta y notifica resolución expresa en el plazo de un mes.
En general, también en lo referido a la posibilidad de que las personas con licencia de taxi puedan operar con personal contratado, se suprimen las restricciones vigentes en torno a determinados horarios o fechas destacadas (la posibilidad de realizar estas contrataciones está limitada a horas valle, fines de semana, días festivos o vísperas de festivo, acontecimientos singulares o fiestas patronales). Esta medida permitirá incrementar la oferta de prestación del servicio de taxi, además de contribuir a la generación de empleo y favorecer la conciliación.
Además, se plantea aumentar de uno a dos años la antigüedad de los vehículos que pueden adscribirse a las nuevas licencias y autorizaciones de taxi, adaptándose así a la normativa estatal, que contempla esa misma antigüedad, contada a partir de la primera matriculación.
La reforma legislativa incorpora la previsión de que, además de los titulares de las licencias, las personas contratadas accedan a los programas de formación y reciclaje profesional que articule el sector. Esta formación incluirá módulos sobre atención a las personas con discapacidad, medios de apoyo y nociones básicas en materia de accesibilidad universal y perspectiva de género.
A su vez, se amplía el colectivo de personas con movilidad reducida, con el fin de incluir también a las personas con discapacidad.
Por otra parte, se dota de regulación específica a la posibilidad de que personas con discapacidad realicen reservas del servicio de taxis adaptados (eurotaxis) con antelación. En ese sentido, las emisoras y otros sistemas de reserva deberán disponer de redes de comunicación que cumplan las condiciones de accesibilidad universal para las personas usuarias. Se da un plazo de dos años para realizar esta adaptación, una vez que entre en vigor la ley, circunstancia prevista para el día siguiente a su publicación en el BOPN.
Finalmente, se amplía la potestad de las entidades locales para establecer requerimientos adicionales a los servicios de taxi de carácter local, en concreto en lo que se refiere a las condiciones de uso de combustibles menos contaminantes, seguridad, capacidad y accesibilidad universal. En cualquier caso, dispondrán de seis meses para modificar sus respectivas ordenanzas reguladoras y adecuarlas a lo dispuesto en esta norma.
En el transcurso del debate efectuado en Pleno se ha discutido y aprobado por unanimidad una enmienda in voce que, presentada por PSN, Bildu, Geroa Bai y Contigo, asegura la “gratuidad de la persona que acompañe en el taxi a personas con discapacidad que acrediten tal necesidad”. Se entiende que, lo contrario, sería una “discriminación”.
Una vez dictaminada, la Ley Foral de modificación de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del taxi entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.