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Derechos Sociales publica su Cartera de Servicios

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Derechos Sociales publica su Cartera de Servicios con un diseño más accesible e inclusivo a las prestaciones ofertadas

El Departamento de Derechos Sociales ha actualizado la edición de la Cartera de Servicios Sociales para acercar su oferta de prestaciones y servicios a la ciudadanía de modo más accesible e inclusivo, tanto en la estructura de los contenidos expuestos como en el uso de un lenguaje actualizado.

La nueva edición, que también puede consultarse desde la web de Derechos Sociales, facilita el conocimiento de todos los servicios, mejora la accesibilidad a la información sobre los mismos a la ciudadanía y la trasparencia de la actividad del departamento.  Se estructura en 8 áreas específicas con acceso directo desde el índice a cada una de ellas, lo que permite una consulta más rápida de los contenidos.

Además, se ha adecuado su lenguaje respecto a la edición de 2008, sustituyendo, por ejemplo, el término minusvalía por el de discapacidad, según las recomendaciones de la Convención de Derechos de las personas con discapacidad, así como las relativas al ámbito de atención al menor, para adecuarla a lo establecido en la Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. El uso de lenguaje inclusivo y sin carga de género, es otra de las características de la nueva edición.

La Cartera recoge el conjunto de servicios y prestaciones que ofrece el Departamento de Derechos Sociales a la ciudadanía, en los ámbitos de atención primaria, dependencia, mayores, discapacidad, enfermedad mental grave, personas en situación de exclusión, o riesgo de estarlo, menores y víctimas de violencia de género. En concreto, contempla de 130 servicios, un 78% de ellos garantizados, y 49 prestaciones o subvenciones, garantizadas también en el 49% de los casos.

Cabe recordar que en 2019 se incorporaron a la Cartera de Servicios Sociales 21 nuevos servicios o prestaciones (12 garantizados y 9 no garantizados). También se reconoció como garantizados 13 servicios que hasta ese momento no lo estaban, y se incluyó la modificación de los criterios de acceso en otros 27 de estos servicios, ajustándolos a las necesidades de las personas usuarias. Las modificaciones realizadas en 2019 afectaron, por otra parte, a la intensidad de atención en alguna de las áreas prestadas en 42 servicios, mientras que en 9 de ellos se redujeron los plazos de concesión.

Estas modificaciones supusieron un salto cualitativo en la atención en los ámbitos de la atención primaria, la dependencia, la discapacidad, la enfermedad mental, la inclusión social, menores y de personas víctimas de violencia contra las mujeres y suponen una ampliación de los derechos de las personas.

Nuevas prestaciones y servicios garantizados en 2019

En concreto, entre los servicios que pasaron a ser garantizados figuran los de orientación familiar, mediación familiar, punto de encuentro familiar y centro de día de menores en el área de atención al menor; el servicio de teleasistencia en los ámbitos de mayores, discapacidad y enfermedad mental, los recursos de vivienda (pisos tutelados, supervisados y residencia-hogar) y centro de día para personas con enfermedad mental.

Por otra parte, entre las nuevas prestaciones y servicios, destacan el Servicio de productos de apoyo (servicio de orientación y asesoramiento); la oficina de vida independiente (para personas con discapacidad y personas dependientes); los servicios de promoción de la autonomía personal y prevención de las situaciones de dependencia; un servicio de intervención familiar para personas con discapacidad; una ayuda económica de libre disposición, para aquellas personas sin recursos económicos que ingresan en un centro residencial, para asegurar una cuantía que permita cubrir gastos básicos (mayores, discapacidad, enfermedad mental); una ayuda de apoyo a la integración familiar y social para personas con enfermedad mental.

En el ámbito de menores, se incorporó el servicio de acogimiento residencial especializado, un servicio de acogimiento familiar de fines de semana y vacaciones pensado preferentemente para aquellos menores que se encuentran en acogimiento residencial y un servicio de apoyo a madres adolescentes en situación de desamparo. Además, se regulan las ayudas asociadas a todos los tipos de acogimiento familiar, incluyendo las familias de urgencia y las familias extensas. En el área de atención a personas víctimas de violencia de género, se añade un servicio de acogida para víctimas de trata y los servicios de atención y asesoramiento en materia de extranjería y de mediación comunitaria intercultural en el ámbito de inclusión y protección social.

Otras nueve prestaciones que hasta ese momento no figuraban en la Cartera pasaron a formar parte de ella, aunque con la característica de “no garantizadas”. Se trata, principalmente, de servicios y prestaciones económicas para viviendas con diferentes grados de apoyo que permitan una vida autónoma a personas con discapacidad, la prestación de asistente personal para personas con discapacidad y la atención, en el servicio de atención a domicilio municipal, a personas con limitaciones para la cobertura de las necesidades básicas que no tengan el reconocimiento oficial de dependencia, al objeto de que las personas atendidas puedan mejorar su calidad de vida y permanecer en su entorno habitual.

Además, se garantiza el derecho a las prestaciones no sólo por el grado de dependencia o reconocimiento de discapacidad, sino por la necesidad presentada. Es el caso de los servicios para personas con enfermedad mental, para los que desaparecen las exigencias de discapacidad o dependencia, y se facilita el acceso a través de los informes pertinentes. Lo mismo ocurre para el acceso a plazas residenciales psicogeriátricas. También se garantiza el servicio de teleasistencia (antes servicio telefónico de emergencia) de forma universal, por razones de necesidad. Desaparece además la limitación de los 65 años para el acceso a algunos servicios (de discapacidad y enfermedad mental), siendo la valoración de las necesidades la que justifica el recurso idóneo para una persona. Y se incrementa la intensidad de las intervenciones en algunos servicios, sobre todo con un incremento de la frecuencia en las áreas de apoyo a las familias.

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