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La Audiencia de Navarra absuelve a un acusado de agredir sexualmente a la hija de 14 años de su pareja en una localidad de la Ribera
Los magistrados consideran, entre otros motivos, que los mensajes de móvil enviados entre sí desvirtúan las imputaciones y restan credibilidad a parte del relato de la menor
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha absuelto a un acusado de haber abusado y agredido sexualmente a la hija de 14 años de su pareja en una localidad de la Ribera de Navarra. La Audiencia considera, entre otros motivos, que los mensajes de móvil enviados entre ambos desvirtúan las imputaciones y restan credibilidad a parte del relato de la menor.
Respecto a la declaración de la menor, los jueces aseguran que “no ofrece un relato de hechos que pueda valorarse con eficacia condenatoria, pues si bien declaró tanto en fase de instrucción, en prueba preconstituida y en el juicio oral, con la debida contradicción, oralidad e inmediación, haciéndolo con solidez suficiente, existe prueba documental (los mensajes) y testifical (los familiares del acusado) que sobre los días concretos objeto de acusación introducen una duda razonable, provocando que dicho testimonio, pese a ser en principio creíble, sea insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado”.
En el juicio, celebrado el pasado 4 de marzo, el fiscal y la acusación particular solicitaron un total de 23 y 25 años de prisión, respectivamente, para el inculpado por un delito de abuso sexual (9 y 10 años pedían las acusaciones) y otro delito de agresión sexual (14 y 15 años). La defensa, por su parte, reclamó la absolución.
Según consta en la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, que en el momento de los hechos tenía 28 años, mantuvo una relación sentimental con la madre de la menor hasta enero de 2018. Fruto de ello, se llevaba bien con la hija, a quien ayudaba en algunos problemas que tenía en el colegio.
El encausado, que acudía a la vivienda de la madre “con asiduidad”, intercambiaba llamadas y mensajes de móvil con la menor, unos mensajes que, según recoge la resolución judicial, “pasaron el límite de lo correcto”, puesto que él llegó a pedirle que le diera “besos en la boca” y similares.
En una fecha indeterminada del mes de enero de 2018, la madre de la menor leyó los mensajes, lo que determinó que hablara con su hija y acudieran a formular denuncia ante la Policía Foral.
En la sentencia, el tribunal sin embargo no considera probados los dos delitos imputados: el primero, un abuso sexual supuestamente perpetrado la noche del 22 de noviembre de 2017 en un polígono industrial; y el segundo, una agresión sexual llevada a cabo el 25 de diciembre del mismo año en la vivienda de él. La denuncia por ambos hechos se presentó en enero de 2018.
En la sentencia, tras analizar profusamente la prueba testifical —las declaraciones prestadas en el juicio por el acusado, que negó haber agredido y abusado de la joven, por la menor, por su madre y por los testigos de la acusación y defensa—; la prueba pericial —las comparecencias de tres psicólogas—; y la prueba documental —los múltiples mensajes de móvil—, los magistrados concluyen que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia.