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El Gobierno foral, a través del Departamento de Cohesión Territorial, concederá ayudas por un importe máximo de 100.000 euros para implantar la administración electrónica en los ayuntamientos de Navarra y posibilitar el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.
Se subvencionará la formación del personal municipal en esta materia y la implantación e integración de plataformas de software de administración electrónica, según establece una resolución del director general de Administración Local y Despoblación, publicada hoy en el Boletín Oficial de Navarra.
Las inversiones deberán ejecutarse desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 10 de diciembre de 2020, incluido, y deberán suponer al menos 1.000 euros. Las entidades locales deberán sufragar al menos el 50% de estas inversiones, incluyendo el IVA, y podrán recibir un máximo de 4.000 euros.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables incluyen la implantación de sede electrónica, punto de acceso general electrónico y ventanilla única, sistemas de identificación y firma (Cl@ve, certificados electrónicos, firma electrónica, etc), Registro General Electrónico, tablón electrónico, carpeta ciudadana, expedición de copias electrónicas fehacientes, registro electrónico de apoderamientos (Apodera-REA, etc.) o registro de empleados públicos habilitados para asistir a la ciudadanía.
Asimismo, se contemplan ayudas para la digitalización y tramitación electrónica, el Catálogo de Procedimientos Administrativos, sistema de tramitación de expedientes, dirección electrónica habilitada, Interconexión de registros (SIR), intermediación de datos entre administraciones públicas, Componente de Intercambio Registral (CIR), Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR 3), Servicio de Verificación y Consulta de Datos (Plataforma de Intermediación), interoperabilidad de los registros municipales con el registro virtual ORVE, intercambio electrónico de datos y plataforma de pagos electrónicos. Queda excluida de esta convocatoria la adquisición de equipos informáticos y de hardware.
Las leyes 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, conciben la tramitación electrónica no como una forma especial de gestión de los procedimientos, sino como la actuación habitual de las administraciones. Por ello, establecen la obligación de las entidades locales para dotarse de los medios y sistemas necesarios que posibiliten el derecho de la ciudadanía a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, contexto en el que se enmarcan estas ayudas.