El Supremo ha absuelto por unanimidad del delito de malversación a los tres únicos exconsejeros que estaban en libertad, Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borrás, con lo que no entrarán en prisión, aunque les ha condenado a 1 año y 8 meses de inhabilitación por desobediencia en la causa del proceso separatista
Además de la inhabilitación, el tribunal impone a los tres una multa de 60.000 euros por ese delito de desobediencia, ya que desoyeron de forma “contumaz” al Constitucional y firmaron el 6 de septiembre de 2017, a sabiendas de que eran ilegales, los decretos de convocatoria del referéndum del 1-O y de normas complementarias para su celebración.
Para el Alto Tribunal es “indispensable” que hubieran realizado “actos materiales, nucleares o no, de ejecución” y “no ha quedado acreditado” que estos tres exconsellers “hubieran puesto la estructura de los departamentos que dirigían al servicio de gastos concretos” para el referéndum.
Incide en que Vila, Mundó y Borràs incluso “dieron órdenes específicas para la no aplicación de partidas presupuestarias a la consulta prevista para el día 1 de octubre”. NAVARRA INFORMACIÓN/EFE
El Supremo sentencia no hubo rebelión: Bastó el BOE para abortar la «conjura»
Condenas de hasta 13 años para los líderes del proceso separatista por sedición