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El Supremo prevé condenar a los líderes del proceso separatista por sedición y malversación

El tribunal decide de forma unánime rechazar el delito de rebelión que defendió la Fiscalía y que implicaba mayores penas

El tribunal que ha juzgado la causa del proceso separatista catalán ha acordado por unanimidad condenar a sus principales responsables por delitos de sedición y de malversación y descartar la acusación de rebelión que formuló la Fiscalía.

Fuentes jurídicas han confirmado a Efe esta decisión de los siete magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo que componen el tribunal, que inicialmente tenía previsto comunicar el fallo el próximo lunes 14, aunque no se descarta que ahora la sentencia pueda retrasarse.

A falta de que se concreten las penas individualizadas –que irán escalonadas en función de la participación de cada uno de los acusados en el proceso separatista-, los magistrados han decidido que no se han cumplido los requisitos para condenar por rebelión.

Su conclusión se acerca a las tesis de la Abogacía del Estado, que en sus escritos de acusación sostuvo que los hechos ocurridos en Cataluña en otoño de 2017 no acarrearon la violencia suficiente para encajar en el tipo de rebelión.
Esa es la diferencia clave entre el delito de rebelión –por el que apostó la Fiscalía- y el de sedición, que castiga con penas de hasta 15 años de prisión a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes.

Para la Fiscalía, el proceso separatista fue un «golpe de Estado» que buscó liquidar la Constitución con «violencia suficiente», pero la Abogacía cree que ésta no fue «elemento estructural» del plan.

La Sala también ha decidido condenar al exvicepresidente de la Generalidad Oriol Junqueras y a los exconsejeros presos (Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva) por malversación de caudales públicos.

No así a los otros tres acusados, los exconsejeros Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, que previsiblemente serán condenados solo por desobediencia, un delito que no acarrea pena de cárcel. El tribunal tiene previsto absolverlos del delito de malversación al considerar que durante la celebración de los cuatro meses de vista oral no ha quedado acreditada la coautoría de los mismos en el desvío de fondos públicos de la Generalidad.

Además, la Sala prevé desoír en sentencia la petición realizada por el Ministerio Fiscal en las conclusiones finales del juicio sobre el cumplimiento de penas de los presos. Los fiscales del 1-O solicitaron a la Sala que acordara la aplicación expresa del artículo 36.2 del Código Penal para que los penados no accedan al tercer grado penitenciario hasta que hayan cumplido la mitad de su condena en prisión. Esta petición, indican las fuentes jurídicas consultadas, será previsiblemente desestimada. NAVARRA INFORMACIÓN/EFE

Pie de foto: En la imagen de izda. a dcha. en el último banco la exconsejera de Gobernación Meritxell Borrás (i); el exconsejero de Empresa de la Generalidad Santiago Vila (c) y el exconsejero de Justicia Carles Mundó (d). Segundo banco, la exconsejera de Trabajo Dolors Bassa (i); la expresidenta del Parlamento Carmen Forcadell (c) y el presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart (d); Tercer banco el exconsejero de Territorio y Sostenibilidad Josep Rull (i); el exconsejero de Presidencia Jordi Turull (c) y el presidente de de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sánchez (d). Primer banco, el exconsejero de Interior Joaquim Form (i); exconsejero de la Generalidad Raúl Romeva (c) y el expresidente de la Generalidad Oriol Junqueras (d). EFE

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