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El 14 % de los navarros ha perdido sus maletas en el avión

 El 14 % de los navarros ha sufrido algún problema con sus maletas durante los viajes en avión, como perderlas, que lleguen días después o que sufran algún daño

Así lo indica una encuesta encargada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, que advierte sobre la necesidad de rellenar el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) antes de salir del aeropuerto de destino.

Lo primero que debe hacer el afectado es, antes de salir del aeropuerto, buscar el mostrador de su compañía aérea y rellenar allí el PIR, informa Irache en un comunicado.

Este documento es imprescindible para tramitar la queja, ya que, si no se formula el PIR, la compañía puede suponer que el equipaje se ha entregado a tiempo y en buen estado, como ha sucedido en varios casos atendidos en Irache.

Es conveniente rellenar un PIR por viajero y no hacerlo de forma conjunta. En algunos casos, la compañía se vale de esta circunstancia para pagar una sola indemnización aunque se trate de varias maletas de una familia o amigos que viajaban juntos.

A partir de la presentación del PIR, hay unos plazos limitados para realizar la reclamación correspondiente por parte de la compañía. En el caso de daño en la maleta, el pasajero dispone solo de siete días desde que la recibe para reclamar a la compañía aérea.

Si se trata de un retraso, dispone de veintiún días y, si en este plazo no ha aparecido la maleta, se da por perdida. En este caso, la normativa no determina ningún plazo concreto para hacer la reclamación.

Para Irache, estos plazos «son insuficientes y es necesario ampliarlos ya que afectan a los derechos del consumidor».

En ocasiones, subraya, «cuando el afectado quiere reclamar el retraso o el daño en sus maletas a la vuelta de vacaciones, las compañías rechazan la reclamación por haber sobrepasado el límite temporal que marca la normativa».

Irache, que aconseja hacer fotos de los daños en el equipaje, recomienda asimismo, en los casos de retraso o pérdida de maletas, que el consumidor conserve los justificantes de pago de la ropa o artículos que se ha visto obligado a comprar.

El Convenio de Montreal, que rige en la Unión Europea, limita la responsabilidad máxima del transportista a 1.131 derechos especiales de giro (DEG), que actualmente equivaldrían a 1.392 euros.

Si el pasajero cree que este límite no cubre el valor de su equipaje o lleva objetos de especial valor y quiere asegurarlo, puede realizar una declaración especial de valor antes de viajar, pero esto le supondrá pagar un suplemento.

En el caso del equipaje de mano, no facturado, la compañía solo será responsable del daño si éste se debe a su culpa o a la de sus empleados.

En los viajes por tren o autobús, el viajero es el responsable de las maletas o equipaje que lleve consigo. Cuando el transportista se responsabilice del traslado del equipaje, puede reclamarse indemnizaciones, que están limitadas por la normativa. EFE

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