Últimas noticias

El TSJN avala la exhumación de los restos enterrados en la Cripta de Los Caídos de Pamplona

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado el recurso del Ayuntamiento de Pamplona a la sentencia inicial que falló en favor de la familia del militar Jose Sanjurjo, y avala la decisión del consistorio de exhumar sus restos de la cripta del Monumento a los Caídos de Pamplona.

Así lo ha anunciado el alcalde, Joseba Asiron, en conferencia de prensa, poco antes de que el TSJN diera a conocer el fallo, que revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona el pasado julio y avala la clausura de la cripta integrada en el Monumento a los Caídos aprobada por el Ayuntamiento de la capital navarra.

Esta clausura conllevó la exhumación de los restos mortales allí enterrados, entre ellos los del general José Sanjurjo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, que ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento, considera que en primer lugar, a diferencia del juez de instancia, que el consistorio pamplonés es «competente» de acuerdo con la normativa de aplicación para clausurar un lugar destinado a enterramiento.

Asimismo, el Tribunal explica que en el caso enjuiciado había un «consentimiento expreso a las exhumaciones» emitido por parte de la autoridad eclesiástica en la que se integra la parroquia titular del usufructo, esto es, por el Arzobispado de Pamplona y Tudela.

«Desde esa perspectiva, el acuerdo de clausura de la cripta como lugar de enterramiento y la decisión de exhumación de los restos mortales en ella existentes resulta conforme al ordenamiento jurídico, dado que es adoptada por los titulares de los derechos sobre el edificio», indica la sentencia.

Especifica que estos titulares son, «de un lado la administración propietaria y de otro el Arzobispado, que es la autoridad eclesiástica superior a la concreta parroquia que ostenta el derecho de usufructo sobre la cripta», razona la Sala.

Además, el Tribunal apunta que la decisión adoptada por el Ayuntamiento no contraviene la Ley de Memoria Histórica, puesto que en el supuesto enjuiciado no se puede obviar que la cripta es de uso privado y no está abierta al público y, por otra parte, la simbología franquista fue retirada y no conserva en la actualidad ninguno de los elementos de exaltación que originariamente presentaba.

Para la Sala, «el llamado Monumento a los Caídos ya no tiene el significado conmemorativo con el que fue erigido, y la cripta aunque evidentemente compartía esa inicial finalidad de exaltación, al estar reservada a uso privado y cerrada al público, tampoco la puede proporcionar en la actualidad». EFE

Noticias relacionadas

About The Author

Otras noticias publicadas

Responder

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies