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La Audiencia Nacional pospone al 23 la revisión de la sentencia de Alsasua

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha pospuesto a los días 23 y 24 de enero la vista en la que revisará la sentencia que condenó a penas de entre 2 y 13 años de cárcel a ocho acusados de participar en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) en octubre de 2016.

La Sala había fijado esta vista para los días 14, 15 y 16 de este mes, pero ahora ha decidido posponerla tras admitir una serie de pruebas testificales y otras de tipo documental solicitadas por las defensas, que consideran desproporcionadas la penas impuestas.

La aceptación de estas pruebas ha provocado que el tribunal necesite ahora de más tiempo para poder citar a los testigos propuestos, han informado fuentes de la Audiencia Nacional.

La sección primera de lo Penal condenó en junio a ocho acusados de participar en esta agresión por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero, en contra del criterio de la Fiscalía, descartó que fueran de carácter terrorista pese a la «notabilísima gravedad de los hechos».

Por ello la Fiscalía también ha recurrido la sentencia insistiendo en que la paliza que sufrieron los agentes «fue una agresión planificada y organizada contra dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas con una finalidad terrorista».

La sentencia apreció las agravantes de abuso de superioridad y de odio y consideró probado que los acusados actuaron por animadversión a la Guardia Civil y por motivos ideológicos, pero no vio en su acción ningún vínculo con ETA.

En cambio, para la Fiscalía los agresores con su acción querían «expulsar a los miembros de la Guardia Civil de un territorio que los acusados consideran suyo de una manera excluyente, atemorizando además a una parte de la población que no piensa como ellos».

Por estos hechos, el fiscal José Perals pidió para los agresores entre 12 años y 62 años de cárcel por delitos de amenazas y lesiones terroristas o, alternativamente, entre 6 y 17 años manteniendo solo un delito de terrorismo y desórdenes públicos.

En su recurso ante la Sala de Apelación, Perals reconoce que en este juicio se enfrentó al «problema consustancial» de las elevadas penas que conllevan los delitos terroristas, pero insiste en que «son las establecidas en el Código penal y de hecho se piden en el grado mínimo».

«Lo que no puede -añade- es dejar de aplicarse un precepto del Código penal por considerar que la pena es injusta o desproporcionada».

Las condenas más altas, por atentado y lesiones, recayeron en Ohian Arnanz e Iñaki Abad (13 años), Adur Ramírez y Jokin Unamuno (12 años), así como Julen Goicoechea, Jon Ander Cob y Aratx Urrizola (9 años). A Abad y Arnánz la Audiencia les condenó además por desórdenes públicos.

La única mujer acusada, Ainara Urquijo, fue condenada a 2 años de prisión por amenazas y desórdenes públicos. EFE

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