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Marchena rechaza ser apartado del caso «procés» y proclama su independencia

El magistrado Manuel Marchena ha proclamado su independencia para juzgar el caso del «procés» en sus alegaciones contra la recusación presentada por procesados en la causa para apartarle del juicio y afirma que jamás concibió el ejercicio jurisdiccional como instrumento al servicio de una opción política.

Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo y que presidirá el tribunal que juzgará a los acusados por el proceso independentista de Cataluña, ha presentado en el alto tribunal un escrito de alegaciones contra dicha recusación presentada por ocho procesados que consideran que tiene vínculos con el PP.

La recusación deberá ser resuelta por la denominada Sala del 61 del Supremo, formada por el presidente del Supremo y los presidentes de cada una de las cinco salas del alto tribunal, excluyendo el recusado, y los magistrados más antiguo y más moderno de cada una de ellas.

La presentaron tras la filtración de un mensaje de wasap del portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, en el cual se apuntaba que el acuerdo de PP y PSOE para proponer a Manuel Marchena como presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo permitiría controlar «desde detrás» el Tribunal Supremo.

Tras la difusión de este mensaje Marchena anunció que renunciaba a ser candidato a dicho cargo.

Los citados procesados denuncian los supuestos vínculos de Marchena con el PP, por lo que en caso de mantenerse la composición del tribunal, aseguran que no se puede garantizar la imparcialidad a sus clientes, lo que vulneraría los derechos de sus defendidos a un juicio justo.

«No puedo aceptar la recusación promovida porque carezco de todo interés directo o indirecto en la presente causa y no tengo ni he tenido nunca un interés directo o indirecto en el desenlace de una causa penal», comienza señalando Marchena.

Y añade: «Las manifestaciones a que se alude en el mensaje telemático sobre el que pretende construirse la causa de recusación proceden de una tercera persona».

«La imparcialidad de un magistrado ha de vincularse a sus propios actos o resoluciones y no puede hacerse depender de la opinión de terceros que expresan su personal criterio acerca de las consecuencias políticas de un determinado pacto entre dos fuerzas parlamentarias», agrega.

También discrepa de lo alegado por los procesados respecto a la supuesta pérdida de imparcialidad derivada del sistema de nombramiento de la cúpula judicial, en concreto los vocales del CGPJ, por las Cortes.

Marchena señala que para ello los procesados se apoyan en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando «la composición de ambos no es ajena a una participación directa del poder político en el nombramiento de sus magistrados».

Para Marchena la tesis de los procesados conduciría a la descalificación de la justicia belga, portuguesa, francesa o italiana.

En este sentido sostiene que «el sistema constitucional español es tan mejorable como cualquier otro de los modelos comparados» pero la participación del Congreso y el Senado en la designación de vocales del CGPJ «no puede conducir a la descalificación por falta de imparcialidad del presidente y los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo».

En su escrito de alegaciones Marchena reproduce el texto de la nota pública que difundió el pasado día 20 para comunicar su renuncia a ser candidato a presidir el CGPJ y el Tribunal Supremo. EFE

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