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Informe jurídico advierte de que los portavoces parlamentarios no deciden sobre fondos

Un informe de los Servicios Jurídicos del Parlamento de Navarra advierte de que el portavoz de cada grupo parlamentario no tiene «competencia singularizada» sobre los asuntos económicos de cada grupo.

El informe, conocido hoy por la Mesa de la Cámara, fue solicitado el pasado 19 de septiembre por el portavoz titular de Podemos, Carlos Couso, que pidió informe sobre las funciones y competencias que ostenta el portavoz y portavoz adjunto de cada grupo parlamentario; sobre el procedimiento para la delegación formal de esta condición; y sobre su capacidad de decisión sobre los asuntos económicos relativos a los fondos asignados a cada grupo parlamentario.

El informe jurídico concluye que «el portavoz de Grupo parlamentario lleva a cabo las funciones y competencias que le atribuyen el Reglamento de la Cámara tal», como queda expuesto en el informe jurídico.

Por otra parte, señala el informe jurídico que «los Portavoces adjuntos sustituyen con carácter eventual en actos de naturaleza parlamentaria al Portavoz y desempeñan en tal caso, las funciones que le corresponden al referido Portavoz titular.

En cuanto a la capacidad de decisión del Portavoz sobre los asuntos económicos relativos a los fondos asignados a cada grupo parlamentario, el informe concluye que «del Reglamento de la Cámara no se desprende que el Portavoz ejerza competencia singularizada sobre la disposición de los fondos públicos que con carácter mensual y periódico reciben los grupos parlamentarios para desarrollar su labor parlamentaria».

En este sentido, «los requisitos que el Servicio de Intervención y Unidad Económica del Parlamento exige para salvaguardar el buen fin de los mismos es que todos y cada uno de los integrantes del grupo parlamentario firmen un documento en el que se designa la entidad y el número de la cuenta bancaria donde ingresar las cantidades relativas a las subvenciones del grupo, sea al inicio de la Legislatura o cuando se producen cambios a lo largo de la misma».

Por otra parte, añade el informe jurídico que «para su funcionamiento ordinario, el grupo goza de autonomía en el manejo de dichos fondos, destinados preferentemente a subvencionar su funcionamiento y actividades».

Señala asimismo que «un eventual cambio del procedimiento actualmente existente de la percepción de subvenciones a los grupos parlamentarios requeriría la adopción de un Acuerdo de la Mesa, previa audiencia de la Junta de Portavoces, en los términos establecidos en el Reglamento».

Dicho Acuerdo «debería recoger las nuevas exigencias establecidas en la Ley Orgánica de control de la actividad financiera de los partidos políticos y que mejorase el control del destino final de dichas subvenciones parlamentarias».

El informe se remitirá a los Grupos y Agrupaciones Parlamentarios. EFE

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