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La Justicia alemana decide extraditar a Puigdemont sólo por malversación

La Audiencia territorial de Schleswig-Holstein decidió hoy extraditar a España al expresidente catalán Carles Puigdemont por un presunto delito de malversación de fondos, pero no por un presunto delito de rebelión.

En esta resolución definitiva, la sala primera de lo penal del Tribunal de Schleswig-Holstein sostiene que los actos imputados al expresidente de la Generalidad no cumplen los requisitos de los delitos alemanes de alta traición (art. 81 del Código Penal germano) ni de caso grave de perturbación del orden público (Landfriedensbruch, art. 125a).

En un comunicado a los medios, el tribunal considera «no admisible» extraditar al líder soberanista por rebelión reiterando los argumentos que ya había expuesto previamente, en los que apuntaba que no se produjo el grado de violencia «suficiente» y en consecuencia el delito no encontraba equivalencia con el de «alta traición» que sí recoge el Código Penal alemán. «La pena de traición prevista en Alemania en virtud del artículo 81 del Código Penal se basa en un nivel de violencia que no fue alcanzado por los conflictos en España», destaca en su comunicado la Primera Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Schleswig-Holstein.

El Tribunal de Schleswig-Holstein tampoco admite el delito de perturbación del orden público, que planteó también la Justicia española como alternativa, en el caso de que no se admitiese finalmente el delito de rebelión.

El tribunal alemán considera que Puigdemont no es «el líder espiritual» de los actos de violencia que se produjeron el 1 de octubre. Asimismo, los jueces germanos consideran  que el presidente catalán no pretendía una secesión del territorio, sino «nuevas negociaciones» con el Gobierno español. «Los enfrentamientos en los colegios electorales con miembros de la Guardia Civil o la Policía Nacional no lograron la intensidad suficiente para socavar el orden constitucional español», señala la resolución hecha pública hoy.

En contrapartida, considera «admisible» la petición de extradición por un presunto delito de malversación de fondos públicos en relación con la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre. El tribunal cree que Puigdemont pudo haber tenido una «corresponsabilidad» en decisiones que supusieron una carga para las arcas públicas, un extremo que, no obstante, subraya que se deberá sustanciar en un juicio en España.

La resolución alemana descarta asimismo uno de los elementos de defensa de Puigdemont, y rechaza que el expresident pueda sufrir persecución política si es entregado a España. «No es razonable sostener tal acusación al Estado español como miembro de la comunidad de valores y el área legal común de la Unión Europea», zanjan los magistrados alemanes, que muestran su «plena confianza» en que la judicatura española cumplirá con los requisitos de la legislación nacional y comunitaria.

La decisión del tribunal llega cuando se habían sobrepasado los tiempos estándar de resolución. Según la normativa europea de euroórdenes, debe decidirse sobre una posible extradición en un máximo de 60 días desde la detención del encausado –Puigdemont fue arrestado el 25 de marzo-, aunque pueden añadirse 30 días más en casos excepcionales. El proceso había sobrepasado ya el margen de 90 días en total. NAVARRA INFORMACIÓN/EFE

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1 Comentario

  1. Alatriste

    En vez de aplicar la euroorden, burla el principio de reconocimiento mutuo entre instancias judiciales de la Unión Europea y humilla a España y al Supremo. Además, España no se respeta ni se hace respetar -como haría Alemania en caso de que el presidente de Baviera propiciará una golpe y huyera a Mallorca- y encima Sánchez poniendo todo patas arriba…

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