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Condenado el Ayuntamiento de Burlada por exhibir la bandera Republicana

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona ha estimado el recurso interpuesto por el Abogado del Estado contra la exhibición en el Ayuntamiento de Burlada de la Bandera de la II República durante el chupinazo festivo de 2017, acto que anula.

La sentencia declara que la exhibición de esta bandera «no es conforme a derecho» y condena al consistorio de Burlada a pagar las costas del proceso judicial.

Fue la delegación del Gobierno en Navarra la que impugnó la actuación por entender que, además de que la ley no permite colocar más banderas que las oficiales, la actuación «vulnera el principio de neutralidad política» que las instituciones deben mantener.

El Ayuntamiento alegaba que durante el chupinazo de los tres años anteriores, y sin que la delegación del Gobierno hubiera actuado, también se había colocado esta bandera en la fachada del consistorio, «simplemente como acto reivindicativo y de escasa duración» porque se retiraba minutos después.

La sentencia argumenta que ese requerimiento en contra que la delegación del Gobierno en Navarra no hizo en los años anteriores no es «imperativo» sino «potestativo», y puede actuar contra la colocación de esta bandera directamente en los tribunales sin el requerimiento previo al que alude el consistorio.

Con todo ello, el juez anula el acto «porque no respeta el principio de neutralidad política» al que están obligadas las instituciones y condena en costas al consistorio.

Desde la delegación del Gobierno en Navarra se recuerda que el de Burlada fue además el primer Ayuntamiento condenado por colocar la ikurriña tras la derogación de la Ley Foral de Símbolos, y que también fue condenado por colocar la bandera republicana el 14 de abril de 2017. EFE

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