El Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha desestimado admitir a trámite la querella interpuesta por el Gobierno de Navarra contra los gestores de la planta de biogás de Ultzama, en quienes no aprecia los delitos de falsedad documental, fraude de subvenciones, estafa ni malversación.
Así lo dicta su titular en un auto, que el Gobierno ya ha anunciado que recurrirá, en el que considera que los hechos no son constitutivos de infracción penal.
El auto analiza los hechos objetos de denuncia, concretados en un sistema de facturación cruzada entre la empresa adjudicataria del proyecto de la planta de biometanización de Ulzama (Levenger SL), la empresa cesionaria (Bioenergia Ultzama SA) y el Ayuntamiento de Ulzama, que con subvenciones del Gobierno de Navarra pagó las facturas que se iban generando en la construcción de planta.
Según la denuncia, las empresas «Aierdi Ingenieros» y «Levenger» iban ejecutando los trabajos de construcción y puesta en marcha de la planta, y de ese modo giraban las facturas al Ayuntamiento de Ulzama por el importe correspondiente.
Acto seguido, el Ayuntamiento de Ulzama giraba a nombre de la empresa concesionaria «Bioenergía Ultzama» una factura nueva por importe igual a la recibida desde «Aierdi Ingenieros» o «Levenger».
«Bioenergía Ultzama» pagaba la factura al Ayuntamiento de Ulzama, el cual a su vez pagaba con ese dinero el importe adeudado a «Aierdi Ingenieros» y «Levenger».
Por último y cuando el Ayuntamiento de Ulzama recibía las subvenciones del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra, aplicaba su importe al pago a «Bioenergía Ultzama».
A partir de estos hechos, el auto analiza la existencia de evidencia de los delitos a los que apunta el Gobierno de Navarra, y sobre la supuesta falsedad documental, además de apreciar que «las facturas aluden o reflejan unos trabajos que realmente fueron realizados», advierte que en este caso el tipo penal estaría prescrito tras la reforma del Código Penal de 2010.
En cuanto al fraude de subvenciones, también estaría prescrito porque las subvenciones fueron concedidas en los años 2008 y 2009.
Sobre la estafa, la querella apunta a este posible delito porque la cesionaria habría obtenido ayudas lucrándose de unos fondos que en parte no fueron destinados a la actividad subvencionada, afirmación que para la juez «en ningún caso es suficiente para estar en presencia de un delito de estafa. No se indica de qué manera se provocó error, cuál fue el engaño o cómo maquinaron los querellados para conseguir viciar la voluntad del querellante».
En el escrito de querella se alude también a que los hechos narrados podrían constituir un delito de malversación, que solo pueden cometer autoridad o funcionario público, condición que en este caso solo tendrían dos concejales de Ultzama de entre los investigados, pero la juez advierte de que «no se indica de qué manera, en dicha condición, habrían llevado a cabo los actos» delictivos.
Por todo ello, se desestima la admisión a trámite de la querella interpuesta por el Gobierno de Navarra. EFE