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Abierto el plazo para solicitar prestaciones a personas y familias en situación de emergencia social

Abierto el plazo para solicitar prestaciones a personas y familias en situación de emergencia social

NAVARRAINFORMACION.ES

El Ayuntamiento de Pamplona abrirá el próximo lunes, 8 de enero, el plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria de prestaciones económicas directas a personas y/o familias en situación de emergencia social y carencia de ingresos para 2018

Las bases han sido publicadas en el Boletín Oficial de Navara número 4 de hoy 5 de enero y pueden consultarse en la página web municipal www.pamplona.es, en el apartado de la derecha denominado ‘Sede electrónica’ bajo el epígrafe ‘Licitaciones, concursos y convocatorias’. La convocatoria está dotada con 630.000 euros, 30.000 euros más que el año pasado. Es la primera vez que el Consistorio pamplonés abre el plazo de solicitud de estas ayudas a principios de enero.

La convocatoria está orientada a subvencionar a personas y familias vecinas de Pamplona que presentan carencias económicas y que tienen serias dificultades para cubrir sus necesidades básicas de alojamiento, suministros, nutrición y salud e incorporación, así como para acceder a recursos de prevención de situaciones de riesgo o desprotección infantil. Se consideran instrumentos de apoyo a la intervención social de los profesionales municipales del Área de Acción Social.

Las solicitudes pueden presentarse a través de las Unidades de Barrio, el Servicio Municipal de Atención a la Mujer (SMAM) y otros servicios municipales y se atenderán por orden de entrada hasta que se agote el presupuesto.

Ayudas de carácter puntual y complementarias

Estas ayudas son de carácter puntual, no periódicas, subsidiarias y complementarias y orientadas a cubrir necesidades básicas. Con estas subvenciones, el Ayuntamiento quiere contribuir a paliar las situaciones de pobreza endémica o coyuntural de personas pertenecientes a colectivos socialmente desfavorecidos de la ciudad y que presentan carencias de tipo económico que dificultan gravemente la cobertura de sus necesidades básicas (alimentación, funcionamiento personal, etc.), el mantenimiento de la vivienda habitual, y su integración social. Así se quieren evitar situaciones de desarraigo o marginación social.

Al igual que en la convocatoria del año pasado, la demanda de estas prestaciones económicas debe contar con la valoración del personal técnico de Trabajo Social y se mantiene el refuerzo para la justificación documental que demuestre que la ayuda se destina al fin para el que se concedió.

Ayudas para vivienda, suministros, alimentación, salud e incorporación social y laboral

Las bases realizan una descripción sobre los conceptos subvencionables. Sobre alojamiento recogen que las ayudas se podrán utilizar para pagos de alquiler, de préstamos hipotecarios y de habitación en vivienda compartida así como para pagos de gastos de comunidad.

Dentro del concepto de ‘suministros’ se encuentran los de electricidad, gas/calefacción, agua y servicios de basuras. Las ayudas del concepto ‘Nutrición y salud’ se dirigirán a la cobertura de la necesidad básica de una alimentación diaria y correcta así como de los elementos imprescindibles para la higiene personal y del hogar. Dentro de este apartado también se contemplan gastos derivados de enfermedades y farmacéuticos, ayudas para el funcionamiento personal integral y otras situaciones de carácter socio-sanitario.

También se podrá pedir ayuda para la formación e incorporación social y/o laboral, por ejemplo para actividades socio-educativas y formativas no regladas, y para actividades relacionadas con la prevención de riesgo o desprotección en la infancia y adolescencia. En este caso se quiere facilitar el acceso a servicios o escuelas infantiles, comedores escolares, servicios de conciliación o actividades de ocio y tiempo libre que no puedan ser sufragados por las familias que no estén contemplados en otras subvenciones públicas, cuando se valoren como medida preventiva y de protección social dentro de la intervención llevada a cabo por los servicios sociales municipales. Por último, las bases también contemplan la cobertura de ‘otras necesidades básicas’.

Para vecinos de Pamplona y según el número de miembros de la familia

La cuantía máxima anual que se concederá a través de estas ayudas a la persona o unidad familiar solicitante no podrá superar en un año en cada uno de los conceptos o en la suma de todos ellos la tabla recogida en las bases de la convocatoria y que indica para las unidades familiares unipersonales 860 euros; las unidades familiares de 2 miembros recibirán como máximo 960 euros; las de tres 1.060 euros; las de 4 personas 1.160 euros y las de 5 o más 1.260 euros. Además, se establece una cuantía máxima a pagar en cada solicitud del 50% de la cantidad anual máxima. Esto permitirá limitar el pago de situaciones que todavía están por llegar y realizar un trabajo más educativo y de acompañamiento de los casos, así como garantizar que se puedan cubrir las situaciones más urgentes de forma inmediata.

Podrán solicitar la subvención las personas individuales o unidades familiares de convivencia que reúnan los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años o menor emancipado; tener residencia efectiva en Pamplona y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de seis meses de antigüedad (aunque excepcionalmente en caso de extrema necesidad podrá ser suficiente el empadronamiento en el momento de la solicitud) y estar implicados en un proceso de intervención social a través de los programas y servicios municipales del Área de Acción Social.

Asimismo, deberán haber solicitado ayuda por el mismo concepto en el resto de administraciones, dada la subsidiariedad de las prestaciones económicas reguladas en esta convocatoria. En este sentido, las bases señalan la salvedad de las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra, cuando el concepto solicitado sea susceptible de ser concedido a través de aquellas pero la necesidad de su abono sea inmediata, dado que esta convocatoria ya está financiada desde el año 2015 por la Convocatoria de subvenciones a Entidades Locales titulares de Servicios Sociales de Base para la concesión de ayudas de emergencia social del Gobierno de Navarra

Renta familiar para poder solicitar ayudas y cálculo de los conceptos

Otro de los requisitos para poder acceder a estas subvenciones es que los recursos económicos mensuales de la unidad familiar no superen los 860 euros para unidades familiares de una persona; de 960 euros las de dos; de 1.060 las unidades familiares de tres miembros; 1.160 las de cuatro y 1.260 euros las de cinco o más personas.

Para calcular los recursos de la unidad familiar de convivencia, se tendrán en cuenta los ingresos netos que procedan de empleo o prestaciones de todos su miembros. También se tendrán en cuenta los rendimientos de patrimonio anuales divididos entre 12. Cuando exista capital mobiliario del que pueda disponer la persona solicitante se valorará si con el mismo puede hacer frente a la necesidad planteada, entendiendo que en ese caso dispone de recursos suficientes. Además, las bases recogen que aunque las familias pueden tener recursos inferiores a los que se marcan como máximo no podrán recibir ayudas si se constata que algún miembro de la unidad familiar accede a la compra de determinados bienes o servicios o cuenta con gastos de mantenimiento de determinados bienes que exigen la existencia de recursos diferentes de los declarados y de los obtenidos mediante la prestación.

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