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El TSJN admite a trámite el recurso del Colegio de Enfermería que sólo permite a los médicos dirigir centros de salud

El TSJN admite a trámite el recurso del Colegio de Enfermería que sólo permite a los médicos dirigir centros de salud

NAVARRAINFORMACION.ES

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por el Colegio Oficial de Enfermería de Navarra contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, según la cual sólo los médicos pueden acceder a las direcciones de los equipos de Atención Primaria

Dicha sentencia, emitida el 10 de septiembre de 2017, estimaba la demanda interpuesta por el Sindicato Médico de Navarra contra dos artículos -20.2 y 22 (apartados 1, 3 y 4)- del Decreto Foral 171/2015 que aprueba los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. En concreto, respecto al artículo 20.2 -sobre nombramiento y cese de las direcciones del equipo de Atención Primaria- se planteaba si dichas funciones directivas “son una cuestión de gestión y por ende puede realizar cualquier profesional sanitario o si por el contrario las funciones de inspección, evaluación, acreditación y planificación exigen contar con los conocimientos científicos y técnicos adecuados y titulación acorde a los mismos, los que nos llevaría a exigir que fuese reservado a los licenciados sanitarios y, en concreto, a los médicos”.

Desde que se conoció la sentencia, el Colegio de Enfermería mostró su sorpresa e indignación ante un planteamiento que no se corresponde con la realidad actual de Navarra.  En estos momentos, son siete los equipos de Atención Primaria dirigidos por enfermeras, correspondientes a los centros de salud de Auritz/Burguete (Ángeles Munárriz), Burlada (Mª Rosario Orzanco), Elizondo (Ana Ariztegui), Doneztebe/Santesteban (Mónica Martín), Salazar (Mª Pilar Montero), Viana (Izaskun Garnika) y Villatuerta (Javier Roca).

Por otro lado, dos cargos en el primer nivel del organigrama del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O) son ejercidos por enfermeros: José Ramón Mora, gerente del área de Salud de Tudela, y Begoña Flamarique, directora gerente de Salud Mental. Estos nueve casos en Navarra demuestran sobradamente la capacidad de los enfermeros para desempeñar puestos de responsabilidad en gestión.

Además, según la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), cualquier profesional sanitario de los mencionados en su artículo 2 -como son las enfermeras-, podrá optar al puesto de director de un centro de salud. De hecho, en su disposición adicional décima, dicha norma concede a las Administraciones sanitarias (el SNS-O en este caso) la potestad para establecer “los requisitos y los procedimientos para la selección, nombramiento o contratación del personal de dirección de los centros y establecimientos sanitarios dependientes de las mismas”.

Igualmente, cabe recordar que los grados de Medicina y de Enfermería cuentan con las mismas horas de formación en aspectos relacionados con la gestión sanitaria, que son tres créditos en el caso de las universidades navarras.

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