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Mesa y Junta conoce informe obligación de Educación de remitir información

EFE.- La Mesa y la Junta de Portavoces se han dado por enteradas del informe jurídico sobre la obligación del departamento de Educación de remitir la documentación de que disponga sobre el acuerdo alcanzado con la UPNA para establecer el Plan Plurianual de Financiación de dicho centro universitario

El informe recoge «el derecho de los parlamentarios a recabar datos, informes o documentos administrativos relacionados con las actuaciones desarrolladas por el departamento citado, conforme con lo dispuesto en el artículo 14.2 del reglamento».

No obstante, precisa que «el contenido de esa información no supone un derecho absoluto e incondicionado, debiendo quedar supeditado tanto a la propia existencia de los datos o de la documentación requerida, como al grado de conclusión de las actuaciones ejecutadas por la administración».

En este sentido, sostiene que «en el actual momento procesal, el convenio plurianual de financiación de la UPNA no se encuentra concluido, por lo que no forma parte de la información a que tienen derecho los parlamentarios».

Añade, no obstante que deberá ser objeto de remisión a un cargo electo cuando se adopte el correspondiente acuerdo y se efectúe la consiguiente petición a través de la Presidencia del Parlamento.

El informe indica que «deberán transmitirse cuantos datos, informes o documentos administrativos fueran requeridos por los representantes públicos, siempre y cuando se identificara el objeto y la información que pretende controlarse, y se tratara de informes o documentos concluidos, por cuanto forma parte de la función de control que los parlamentarios tienen atribuida».

Igualmente se han dado por enteradas del informe de los servicios jurídicos del Parlamento sobre la adecuación a la legalidad de aprobar una subvención a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para abonar el pago de la tarifa de concesión de agua a CANASA .

El informe concluye que «examinados los informes incluidos en el proyecto de ley foral de concesión de crédito extraordinario en el presupuesto de gastos de 2017, por importe de 544.158 euros, para la concesión a la MCP de una subvención para financiar la tarifa correspondiente al año 2017 a abonar a «Canal de Navarra, S.A.», se advierte la «suficiencia documental de la iniciativa legislativa , así como la competencia del órgano remitente para proponer una iniciativa en materia presupuestaria.

Además, afirma que la ley de subvenciones posibilita su concesión directa mediante un procedimiento directo, siempre que tenga carácter nominativo, se incluya en los Presupuestos y su cuantía se limite al importe aprobado en el Parlamento.

En relación con el efecto que el crédito extraordinario pudiera tener en las tasas de los usuarios del servicio, concluye que «no se desprende incidencia alguna en las tarifas, por cuanto éstas fueron fijadas con carácter previo – mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza fiscal- en función de un gasto que ya tuvo en cuenta una minoración derivada de otra fuente de financiación».

En la misma sesión, los órganos del Parlamento han acordado que se incorpore al expediente el informe del Servicio de Economía Circular y Agua del departamento de Desarrollo Rural al expediente del citado proyecto de Ley Foral de concesión de crédito extraordinario en el presupuesto de gastos de 2017.

Además de tramitar las diferentes iniciativas presentadas, la Junta ha acordado solicitar a la Cámara de Comptos la emisión de un informe de fiscalización sobre las cuentas de Cederna-Garalur desde 2007 y el reflejo de la situación patrimonial y financiera a fecha de 31 de diciembre de 2017, así como el sometimiento al principio de legalidad de la actividad económico-financiera.

Asimismo se han dado por enteradas de la sentencia en el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Foral 18/2012, de 19 de octubre, sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas y el auto dictado en el incidente de ejecución de sentencia instado por el Ayuntamiento de Cizur en la cuestión de inconstitucionalidad en relación con los apartados segundo y tercero del artículo 175 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales.

Los portavoces han recibido también información de la presidenta de la Cámara de Comptos para presentar el proyecto de programa anual de fiscalización para el año 2018

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