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CCOO de Navarra firma el acuerdo con la empresa de San Adrián General Mills

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CCOO de Navarra firmó el pasado 20 de septiembre el convenio colectivo en la empresa de San Adrián General Mills, en la que trabajan 850 personas

Tras más de 6 meses de negociaciones las partes han llegado a un acuerdo, a pesar de que la empresa amenazara con retirar su propuesta. El acuerdo firmado también por UGT, es positivo, ya que a juicio de la CCOO supone un avance sustancial tanto en la recuperación salarial como en la protección de los derechos del conjunto de la plantilla. El comité de empresa está compuesto por 9 representantes de CCOO, 5 de ELA, 4 de LAB  y 3 de UGT.

El contenido del acuerdo es el siguiente:

  • Ámbito Temporal: Desde el 1 de enero del año 2017 al 31 de diciembre del año 2019.
  • Reforma Laboral: La Dirección hace renuncia expresa de la aplicación del mecanismo de descuelgue y garantiza la prórroga de las condiciones actuales del vigente convenio hasta la negociación de uno nuevo.
  • Incremento Salarial: Año 2017 un incremento del 2,5%. Año 2018 y 2019 un incremento del 2,25% cada año. estableciendo un incremento adicional de 0.5 puntos, 0,25 y 0,25 respectivamente en cada uno de los años de duración del presente convenio por encima del IPC real.
  • Para el personal perteneciente al grupo I con la categoría de Machine Leader se establece la siguiente subida adicional conectada con pruebas de aptitud Teórico- Prácticas: 2,5% adicional. Dicha subida para este colectivo se realizará de manera escalonada a lo largo de la vigencia del presente convenio.
  • Empleo y contratación: Mantener el compromiso de sustituir las jubilaciones actuales por contratos indefinidos.
  • Convertir en indefinidos o fijos discontinuos los contratos del personal estratégico que presta servicio en las líneas de producción.
  • El fijo discontinuo/a tendrá una retribución garantizada de 1.600 horas al año.
  • Beneficios Sociales: Las parejas de hecho tendrán derecho a los 15 días de matrimonio.
  • Exámenes prenatales: permiso retribuido tanto para la madre como para el padre.
  • 16 horas retribuidas al año para acompañar a padres y padres políticos al médico.
  • Extender las excedencias para el cuidado de parientes al 1º y 2º grado
  • Extender el periodo de lactancia de 7 a 15 días
  • Licencias sin sueldo: Se amplían de 5 a 90 días, y serán cotizadas,
  • Jornada Laboral: Reducción de jornada de 8 horas.
  • Trabajo Telemático: Compromiso de la empresa para el estudio de esta opción siempre que ello sea posible en función de la evolución organizativa de la empresa.
  • Nueva categoría Grupo 0: Se establece este escalón de entrada para aquellos empleados que prestando servicio en los grupos I o II de convenio, precisen de un periodo de adaptación cualificación a los nuevos estándares de trabajo de General Mills San Adrián. En todo caso dichos empleados tendrán una garantía de equiparación retributiva con su correspondiente grupo profesional a la finalización de la vigencia del presente convenio. Dicho retribución será de aplicación en todo caso a las nuevas incorporaciones que se produzcan a lo largo de la vigencia del presente Convenio.
  • En lo no regulado en este Convenio se aplicará lo regulado en el Convenio Colectivo de Conservas Vegetales (ahora se aplicaba el Estatuto del Trabajador).

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