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El Ejecutivo foral aprueba medidas para favorecer la conciliación personal y familiar del personal público

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El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy miércoles dos acuerdos por los que toma en consideración sendos proyectos de decretos forales con medidas para favorecer la conciliación personal y familiar de los empleados y empleadas de las Administraciones Públicas de Navarra. A continuación, se remitirá al Consejo de Navarra para continuar con su tramitación.

Así, se amplían las modalidades de reducción de jornada, y se mejoran las licencias y permisos para casos de ingreso o enfermedad, defunciones, embarazos, tratamientos médicos, cuidado de familiares, formación, y para el cumplimiento de deberes relacionados con la vida laboral y familiar. Ambos decretos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Como se recordará, estas medidas ya fueron acordadas por unanimidad entre el Gobierno y los sindicatos LAB, ELA, CCOO, AFAPNA y UGT el 31 de marzo en la Mesa General de Negociación de la Función Pública. Además, la Comisión Foral de Régimen Local emitió un informe positivo al respecto el pasado 5 de mayo.

Con estas medidas, las Administraciones públicas de Navarra se equiparan a las de otras autonomías que ya las habían adoptado hace tiempo.

Uno de los decreto forales se centra en las reducciones de jornada a las que tiene derecho el personal para conciliar su vida laboral y familiar. Hasta ahora, el personal público únicamente podría reducir su jornada un sexto, un tercio o la mitad, mientras que a partir de ahora dispone con carácter general de otras cuatro modalidades más: un octavo, un cuarto, dos quintos y dos tercios de jornada.

Mejoras en las licencias y permisos retribuidos

Respecto a las licencias y permisos retribuidos, se han creado nuevos por embarazo a partir de las semana 37 de gestación; por nacimiento de hijos e hijas prematuras que deban permanecer hospitalizadas; para cuidado del cónyuge o pareja estable o de familiares de primer grado en casos de enfermedad muy grave; para facilitar la reincorporación al servicio tras recibir tratamientos de radioterapia o quimioterapia; para acompañar al cónyuge o pareja estable o familiares de primer grado a la realización de procedimientos diagnósticos o quirúrgicos que requieran acompañamiento; y para donar sangre o componentes sanguíneos. Asimismo, se ha creado un permiso no retribuido para asistir a cursos de perfeccionamiento profesional.

Además, se mejoran o amplían licencias y permisos que ya existían. También se incluyen en los decretos permisos ya existentes en acuerdos sindicales anteriores que no se habían trasladado a rango normativo, y se definen los permisos para el cumplimiento de deberes relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar, y para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público o personal.

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