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Archivan la denuncia por los comentarios de la muerte del torero Víctor Barrio

NAVARRA INFORMACIÓN/EFE

Una jueza de Paterna (Valencia) ha ordenado el archivo provisional de la denuncia que un abogado interpuso a título personal contra la persona que hizo comentarios vejatorios en una red social sobre la muerte del torero Víctor Barrio, que falleció en julio tras sufrir una cornada.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Paterna considera que los delitos de injurias o vejación injusta grave deben ser perseguidos por el ofendido o sus herederos, y no aprecia indicios de incitación al odio.

Concretamente el auto que decreta el sobreseimiento provisional del asunto, fechado el 5 de septiembre pasado, apunta a que la juez no comparte el criterio del denunciante sobre la presunta comisión de un delito de incitación al odio del artículo 510 del Código Penal «al no exhortar a la población el correo referido a cometer actos de odio o violencia contra un colectivo, manifestándose una opinión por parte d quien lo remite que, pudiendo constituir una injuria o vejación injusta grave, sólo puede ser perseguida por el ofendido o sus herederos».

En este sentido, el abogado denunciante Vicente Balaguer ha confirmado que ya ha interpuesto un recurso de reforma ante este auto al considerar que el artículo 510 del Código Penal fue creado precisamente para perseguir a las personas que públicamente fomenten, promuevan o inciten al odio o la hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo de personases o solo una de ellas por su pertenencia a dicho grupo». Así las cosas Balaguer tiene claro que «los comentarios se hicieron por pertenecer el fallecido al mundo taurino, en concreto al ser un torero».

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