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La UPNA y el INDJ firman un convenio indefinido para el desarrollo de actividades deportivas

La vicerrectora de Proyección Universitaria y Relaciones Institucionales de la Universidad Pública de Navarra (UPNA), Eloísa Ramírez Vaquero, y el director gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (INDJ), Rubén Goñi Urroz, han firmado hoy martes, 19 de enero, el convenio marco de colaboración entre ambas instituciones para el desarrollo de actividades deportivas en las instalaciones propiedad de la universidad. La finalidad de este acuerdo es facilitar y regular los usos de dichas instalaciones por parte de federaciones o clubes que carezcan de ellas y contribuir a promocionar el desarrollo de diferentes modalidades deportivas.

El acuerdo, impulsado por el Gobierno de Navarra a través del INDJ, coincide con el interés de la universidad por colaborar con las diversas instituciones y entidades relacionadas con la extensión universitaria, ámbito en el que —tal y como recogen los estatutos de la UPNA— se incluyen actividades culturales y deportivas, así como los cauces de cooperación con la sociedad para estas funciones.

Según el texto del convenio marco, entre los objetivos del acuerdo está “facilitar y regular los usos de las instalaciones deportivas de la UPNA por parte de federaciones y clubes, que carezcan de ellas, en los horarios y espacios de que disponga la UPNA, en colaboración con el INDJ del Gobierno de Navarra, al objeto de promocionar el desarrollo de diferentes modalidades deportivas”.

Con el fin de lograr una rentabilidad social máxima de sus recursos e instalaciones, la Universidad facilitará al INDJ el desarrollo de actividades para la promoción deportiva en sus instalaciones, incluyendo vestuarios y almacenes, en las franjas horarias disponibles.

El campus de la universidad acoge dentro de sus instalaciones deportivas, entre otras: un campo de hierba de rugby, un campo de tierra de fútbol, un campo de hierba de fútbol así como sus respectivos vestuarios y cuartos de almacén anexos y un Pabellón polideportivo. “La capacidad de estas instalaciones permite incrementar en algunos casos la actividad en las mismas —se indica en el convenio— e interesa a ambas partes favorecer su mayor uso, fuera siempre del horario y necesidades de la comunidad universitaria”.

VIGENCIA INDEFINIDA

El acuerdo de colaboración entra en vigor en el momento de su firma y su vigencia es indefinida, salvo renuncia escrita y expresa de la UPNA o del INDJ.

El texto incluye una serie de cláusulas sobre el procedimiento que deberá seguirse para la gestión de solicitudes, condiciones de uso de las instalaciones, responsabilidades sobre su cuidado y cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas.

En ese sentido, antes del inicio de cada temporada las federaciones y clubes solicitarán la correspondiente autorización indicando las instalaciones, número de usuarios previstos y horarios solicitados. En cualquier caso, la Universidad conserva el derecho de uso prioritario en las instalaciones, para posibles actividades que organice de forma directa.

El convenio recoge el compromiso de que clubes y federaciones colaborarán con la UPNA para que los estudiantes, especialmente los Erasmus, puedan entrenar con los equipos usuarios. Además, se trabajará conjuntamente en campañas de promoción de la práctica del deporte femenino y el deporte inclusivo y, desde el INDJ, se alentará a los clubes y federaciones a que promuevan convenios con la UPNA que faciliten que los estudiantes de fisioterapia del campus de la UPNA en Tudela puedan hacer prácticas.

Asimismo, se establece que la UPNA aplicará a las actividades promovidas por el INDJ, al amparo de este convenio, un descuento en los precios públicos establecidos por la universidad que podrá alcanzar hasta el 50%. Asimismo, las federaciones o clubes usuarios deberán abonar los gastos adicionales específicos que puedan surgir derivados de la actividad (ampliación de apertura de las instalaciones, trabajos especiales de preparación, limpieza por celebración de partidos, etc.), siendo responsabilidad exclusiva de las federaciones y clubes el abono de los gastos ocasionados

 

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