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Aumenta un 42% la demanda de la mediación penal en Navarra

Dos de cada tres casos terminaron en acuerdo, sin necesidad de celebrar un juicio

La demanda por parte de la ciudadanía del Servicio de Mediación Penal del Gobierno de Navarra se incrementó un 42% en 2014, al aumentar el número de solicitudes recibidas desde las 195 de 2013 hasta las 277 del pasado año.

La mediación penal es un servicio desarrollado por equipos multidisciplinares (abogados, psicólogos, trabajadores sociales y criminólogos) con la intención de que víctima e infractor resuelvan un conflicto, ha explicado en un comunicado el Gobierno de Navarra.

En caso de acuerdo, es validado por el juez con los mismos efectos que una sentencia. Este procedimiento es voluntario y gratuito, en el marco de un proceso penal.

Según el balance del Servicio Social de Justicia, este servicio medió en 200 casos a lo largo de 2014. En dos de cada tres de ellos (136) se alcanzó un acuerdo que evitó la celebración de juicio. Además, recibió otras 77 solicitudes, en 45 de las cuales no se pudo mediar por la imposibilidad de localizar a alguna de las partes o porque estas rechazaron la mediación, y 32 quedaron pendientes de resolución para este año.

En total, entre víctimas e infractores, se atendió a 475 personas, de las que 310 fueron hombres y 165 mujeres, así como también a 11 personas jurídicas. La mayoría tenía entre 18 y 25 años (97 personas), seguidas por las personas cuya edad se sitúa en la franja de 26 a 30 años (96), de 31 a 40 (87) y de 41 a 50 años (76).

Respecto al vínculo que mantenían la víctima y el infractor, se observa que en 72 de los expedientes no tenían ninguna relación. Las relaciones vecinales se daban en 34 casos, las de amistad en 33, las familiares en 29, las laborales en 21 y las escolares en 11.

Los acuerdos alcanzados conllevan, muchas veces, la adopción de más de una medida. La mayoría incluyeron una disculpa formal por parte del infractor (en 133 ocasiones) y el respeto mutuo (127). También se acordaron pagos a las víctimas (60), reparaciones simbólicas (32) y la prohibición de acudir a ciertos lugares (5). En todos los casos se acordó también renunciar al ejercicio de acciones civiles.

La principal razón para que la intermediación fracase es el desacuerdo en los hechos (en 24 ocasiones), seguido del no reconocimiento de lo sucedido (18), el desacuerdo económico (17) y otras razones (5).

Casi la mitad de los expedientes (el 48%) se resolvió entre 1 y 2 meses, el 35,5% en menos de un mes y el 16,5% en más de dos meses.

Faltas y delitos

El 97% de los asuntos sometidos a mediación fueron faltas y el 3% delitos. Entre las primeras destacan sobre todo las amenazas (95 casos), las coacciones (51), las injurias (46) y las lesiones (41). Les siguen las cuestiones relativas al régimen de custodia de los hijos (13), la violencia en el hogar (12), los daños (10) los hurtos (6), la apropiación indebida (5), las estafas (5), los abusos (1) y cuestiones sobre orden público (1).

En cuanto a los delitos, la mitad eran lesiones (en 5 ocasiones). El resto fueron estafas (2), violencia doméstica (2) y falsificación (1).

La mediación penal

La normativa internacional está impulsando esta práctica de justicia reparadora que, entre otras ventajas, disminuye la carga de trabajo de la Administración de Justicia, otorga protagonismo a la víctima y responsabiliza al infractor.

Están excluidos algunos delitos (atentado y resistencia o violencia de género). Por lo general, se puede aplicar en los procesos patrimoniales (hurtos, robos con fuerza, robos con intimidación, estafas, apropiación indebida, robo y hurto de uso de vehículo a motor); amenazas y coacciones; delitos de daños; delitos de lesiones; impago de alimentos; salud pública, en cuyo caso la reparación puede hacerse simbólicamente o materialmente con entidades dedicadas a la rehabilitación de drogodependientes.

El Servicio de Mediación Penal, que comenzó como experiencia piloto en 2006, cuenta con un equipo multidisciplinar compuesto por 10 personas especializadas en justicia restaurativa y técnicas de mediación. Provienen tanto del campo jurídico como del de las ciencias sociales.

 

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