El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años de cárcel por atentado a la autoridad contra los tres autores de una agresión con tartazos a la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, y de un año de prisión por complicidad para un cuarto implicado que no fue autor material de los hechos.
El alto tribunal confirma de este modo la pena firmada por la Audiencia Nacional para Gorka Ovejero Bengoa, teniente de alcalde de Arruazu en el momento de los hechos, y para Ibon García Garrido y Julio Martín Villanueva. Y también a un año de prisión para Mikel Álvarez Forcada.
Rechaza el Supremo el recurso de los condenados tanto en cuanto a una posible vulneración de su presunción de inocencia como respecto a un posible incumplimiento del principio «non bis in idem», que impide ser juzgado dos veces por el mismo delito.
En este último punto los reos argumentaban que ya se abrió procedimiento contra ellos en Francia por los hechos, ocurridos en Toulouse en 2011, pero el Supremo responde que si se archivó aquella causa fue porque ya se seguía otra en España, precisamente la que finalmente ha terminado en esta condena.
«No se siguieron en Francia actuaciones en contra de los ciudadanos españoles, autores materiales de la agresión, por seguirse en España causa contra ellos por los mismos hechos», ratifica el alto tribunal.
Así mismo, el tribunal rechaza que no se haya probado adecuadamente la culpabilidad de los condenados, y no sólo porque hayan sido identificados por testigos, sino también por lo que demuestra el vídeo que el movimiento Mugitu colgó en su web, en la que «instantes después de lo sucedido se estaba reivindicando el hecho».
Analizando los fotogramas del citado vídeo el instructor pudo identificar a los protagonistas del hecho, que fueron más tarde juzgados y condenados.
Los autores de la agresión la reivindicaron como un «escrache» contra «una de las responsables de la imposición» del Tren de Alta Velocidad en Navarra, una infraestructura contra cuya construcción los reos eran activistas dentro del movimiento Mugitu, que en su día reivindicó la acción, desarrollada en 2011 en Toulouse (Francia).
La Fiscalía de Audiencia Nacional solicitaba para cada uno de ellos seis años de prisión mientras que la acusación particular de la presidenta navarra llegó a pedir nueve años de cárcel para uno de los acusados. La resolución de la Audiencia Nacional admitió que los dulces empleados en la agresión «no son objetos peligrosos ni aptos para causar lesiones» pero consideró que se emplearon contra Barcina con la intención de hacerle daño.