La Audiencia Provincial de Madrid ha fallado a favor de la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, y ha anulado las indemnizaciones que el Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid fijó hace casi un año para las las víctimas de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE). La farmacéutica alemana fue condenada a pagar 20.000 euros a cada uno de los afectados.
En una sentencia fechada a 13 de octubre, la Audiencia revoca en su integridad la resolución adoptada por este juzgado al estimar el recurso de apelación interpuesto por la farmacéutica a la demanda de AVITE. La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado hoy miércoles el pago de la indemnización a los afectados de la talidomida que reclamaron 204 millones de euros por las malformaciones que les causó ese medicamento. Los magistrados estiman que las acciones ejercitadas por AVITE han de entenderse «prescritas, por lo que proceden a revocar la sentencia y desestimar en su integridad la demanda interpuesta».
De esta forma, el tribunal ha revocado la condena que el pasado mes de noviembre la juez de Primera Instancia número 90 de Madrid, Gemma Susana Fernández Díaz, impuso a la farmacéutica Grünenthal al estimar parcialmente la demanda presentada por la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (Avite).
La farmacéutica alemana fue condenada a pagar 20.000 euros a cada uno de los afectados por cada punto porcentual de minusvalía que les haya reconocido la Administración, pero recurrió la sentencia, lo que ha sido aceptado por la Audiencia.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado en su integridad la resolución adoptada por el juzgado de Primera Instancia nº 90 de Madrid al estimar el recurso de apelación interpuesto por Grünenthal Pharma S.A. a la demanda de Avite.
En la sentencia, los magistrados estiman que las acciones ejercitadas por Avite han de entenderse prescritas, por lo que proceden a revocar la sentencia y desestimar en su integridad la demanda interpuesta, según el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.