Últimas noticias

Las conductas tipificadas en el proyecto de ordenanza del Encierro llevarán aparejadas multas de hasta 3.000 euros

Las conductas tipificadas en el proyecto de ordenanza del Encierro llevarán aparejadas multas de hasta 3.000 euros
Encierro de Pamplona
Encierro de Pamplona

El próximo lunes se presentará en la comisión de Presidencia del Ayuntamiento de Pamplona el proyecto de Ordenanza Municipal del Encierro, un texto que pretende una ordenación general de la carrera y que recoge recorrido, horarios y disposiciones de carácter general, además de un catálogo de faltas administrativas leves, graves y muy graves y sus sanciones.

El proyecto establece un régimen sancionador específico en relación a las conductas inadecuadas, que pueden llegar hasta multas de 3.000 euros, y se remite en su procedimiento de tramitación y plazos de prescripción al procedimiento vigente en el municipio en materia de policía administrativa.

La idea del Área de Seguridad, proponente del texto, es elevar a rango de normativa sectorial esta materia, reforzando el Bando que anualmente aprueba Alcaldía, para permitir que los preparativos y el desarrollo de la carrera se puedan llevar a cabo con el mínimo riesgo posible para participantes y espectadores.

La idea es que la ordenanza pueda estar ya en vigor para los ocho encierros de 2014 por lo que, tras el debate del próximo lunes, el texto podrá ser aprobado por la Junta de Gobierno Local. Después, una segunda comisión de Presidencia daría su pase a Pleno, es el órgano que tiene atribuida la competencia de su aprobación inicial.

En el texto se consideran faltas muy graves, y serán objeto de denuncia administrativa con multa de 1.501 a 3.000 euros, la participación en el encierro con medios mecánicos de desplazamiento (patines, monopatines, bicicletas etc.), la reiteración de faltas graves y cualquier actitud que genere riesgo para la integridad física de las personas, incluida la de la persona infractora.

Son faltas graves sancionables con multa de 751 a 1.500 euros, la reiteración de faltas leves, la instalación de elementos que invadan el espacio horizontal, vertical o aéreo del recorrido, salvo autorización expresa y singular del Ayuntamiento, o sobrevolar el recorrido. También se sanciona así permanecer en el recorrido en estado de embriaguez, bajo los efectos de sustancias estupefacientes o sin ostentar plenas condiciones físicas y psíquicas, arrojar objetos en el recorrido del encierro una vez que ha sido limpiado o durante su desarrollo, correr hacia las reses o detrás de ellas creando peligro y tocar, citar o llamar la atención de las reses, salvo que se realice para evitar una cogida.

Asimismo son tipificadas como faltas graves, pararse en el recorrido y quedarse en el vallado, barreras o portales de manera que se dificulte la carrera o defensa de los corredores, utilizar sin la debida autorización cualquier medio reproductor de imagen o sonido, dentro del recorrido o de los vallados reservados y cualquier otra actuación que pueda dificultar de modo grave el normal desarrollo del encierro.

About The Author

Otras noticias publicadas

Responder

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies