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El juez acusa a Adif de poner en riesgo la vida humana por interés comercial

El juez acusa a Adif de poner en riesgo la vida humana por interés comercial

Alvia de santiago

El Alvia descarriló el 24 de julio de 2013 antes de llegar a Santiago, costando la vida a 79 personas. El magistrado pide nuevas diligencias para conocer qué consecuencias tuvo la elección del sistema de seguridad.

 

El juez de Instrucción nº3 de Santiago, que instruye el caso del accidente del tren Alvia de Santiago  ha dictado un auto en el que acuerda la práctica de nuevas diligencias de investigación para conocer qué consecuencias tuvo la elección del sistema de seguridad en el accidente ferroviario.

En el auto, se afirma que «lo que ocurre en el presente caso en que los responsables de ADIF han creado una línea de ferrocarril novedosa y especial por sus particulares características movidos por presuntos logros estrictamente comerciales que ha incrementado el riesgo para la vida humana en un tramo que, además, se presenta, aparentemente, especialmente peligroso por el diseño de la vía».

El Alvia descarriló el 24 de julio de 2013antes de llegar a Santiago, costando la vida a 79 personas y causando heridas a otras 147. Ahora el magistrado estima que, debido a la utilización de diferentes sistemas de seguridad, «la llamada línea de alta velocidad que une Ourense, Santiago y A Coruña es una conexión ferroviaria compleja y novedosa en nuestro sistema que tiene su origen en una decisión de los responsables de ADIF».

En un auto de 14 páginas, el juez recuerda que fueron los responsables de Adif los que tomaron la «decisión trascendental» de «modificar el proyecto original» de la línea Ourense-Santiago en cuanto al ancho de vía, lo que «afectó» a las instalaciones de seguridad, «pasando de la configuración inicial de la explotación» con sistema ERTMS en toda la línea a mantener este sistema hasta «cuatro kilómetros antes del lugar del accidente», donde pasó a explotarse sólo con sistema ASFA.

Para el magistrado, esta decisión de los responsables de Adif, de «convertir una indiscutible línea de alta velocidad en una línea asimilada» se consideró «desde los momentos iniciales de la investigación sospechosa de una imprudencia punible», dado que «conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación que no se considera adecuado socialmente».

«Motivos comerciales»

Luis Aláez carga directamente contra Adif, al que acusa de haber realizado esta modificación, y la «rebaja de seguridad» consecuente, amparándose en «motivos comerciales».

Según recoge en el auto, el «regateo de seguridad» de esta decisión se produjo por «motivos comerciales o productivos», derivados tanto de una «insignificante rebaja de los costes de obra y mantenimiento» como de la reducción de «minutos» en el trayecto con el objetivo de aumentar el «atractivo comercial» de la línea y lograr la «seducción o captación de usuarios» con «fines lucrativos».

«Se trata de una situación creada por una posible decisión no técnica, sino de tinte comercial, que se adoptó por las mismas personas que tenían como deber primordial velar por la seguridad de los usuarios de la línea, y la posibilidad de cumplir con él dictando las normas complementarias correctas para mitigar el riesgo», explica el juez.

Nuevas declaraciones

En el auto, el juez cita a declarar como testigos en la causa al jefe de Maquinistas que en 2011 remitió un informe señalando la peligrosidad de la línea, así como a dos de los cargos que recibieron un correo electrónico con la información. Los tres deberán comparecer en Santiago el próximo 7 de marzo.

Asimismo, solicita a los peritos que intervienen en la causa que, al margen de su informe, adelanten un dictamen acerca de las características de la línea, el campo de aplicación de la normativa de cambio de velocidad máxima o la incidencia de la desconexión del sistema ERTMS, entre otras cuestiones.

El magistrado incorpora a la causa un correo electrónico con el informe sobre seguridad enviado por el jefe de Maquinistas a un responsable de seguridad, así como el número 56 de la revista de Adif ‘Líneas’, que analiza el tramo Ourense-Santiago.

Finalmente, el juez da 10 días a Renfe para que aporte al juzgado copia de todos los partes de incidencia que dieron lugar a la desconexión del ERTMS el 23 de junio de 2012, así como las pólizas de los contratos suscritos con entidades aseguradoras.

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